El Ministerio de Justicia aprobó un nuevo lineamiento para regular la custodia temporal de los bienes administrados por el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), mediante la Resolución Ministerial 0330-2025-JUS.
La norma, que reemplaza al lineamiento aprobado en 2024, establece disposiciones para garantizar la conservación de los bienes incautados, evitando su deterioro o pérdida de valor económico. El documento incluye tres anexos y busca fortalecer la gestión eficiente de los activos bajo custodia del Estado, en el marco de procesos penales y de extinción de dominio.
Aprueban el Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI, con código PRONABI.LI.004 y los Anexos N° 01, N° 02 y N° 03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0330-2025-JUS
Lima, 24 de setiembre de 2025
VISTOS, los Memorandos N° 778-2025-JUS/PRONABI-CE, N° 805-2025-JUS/PRONABI-CE y N° 912-2025-JUS/PRONABI-CE, de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI; el Informe N° 108-2025-JUS/OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización; los Memorandos N° 1755-2025-JUS/OGPM, 1832-2025-JUS/OGPM y N° 2032-2025-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1193-2025-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2017-JUS, y normas modificatorias, se creó el Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, en el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, el artículo 2 del precitado Decreto Supremo, señala que el PRONABI, tiene por objeto, entre otros, la custodia de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias que son materia de una medida cautelar dentro del proceso de extinción de dominio, así como aquellos bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado; asimismo, los objetos, instrumentos, efectos y ganancias provenientes de una medida cautelar o decomiso conforme a lo resuelto por la autoridad competente en el marco de investigaciones y procesos penales, por delitos cometidos en agravio del Estado, siempre que puedan generar utilidad, rentabilidad u otra ventaja que represente un interés económico relevante para el Estado;
Que, el último párrafo del artículo 5 del Decreto Supremo N° 011-2017-JUS, dispone que el PRONABI cuenta con un Coordinador Ejecutivo responsable de las tareas propias de su competencia, siendo que el Manual de Operaciones del PRONABI, determina las funciones del Consejo Directivo y del Coordinador Ejecutivo, así como de los procedimientos a que se refiere el mencionado Decreto Supremo;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0143-2021-JUS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, el mismo que en el literal a) de su artículo 8 establece que el Consejo Directivo del PRONABI tiene la función de proponer al Despacho Ministerial las políticas de gestión, planes, lineamientos, procedimientos y otros instrumentos técnicos normativos y de gestión del PRONABI, así como sus modificatorias de acuerdo al marco legal vigente. Asimismo, el literal c) del artículo 10 de la precitada norma contempla como una de las funciones de la Coordinación Ejecutiva, elevar las propuestas de directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas o administrativas internas que requiera el PRONABI al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su aprobación;
Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2021-JUS, se aprobaron los “Lineamientos para la administración y disposición de bienes a cargo del Programa Nacional de Bienes Incautados”, en adelante, los Lineamientos, los cuales establecen las pautas para ejecutar los procesos de administración y disposición de los bienes patrimoniales por parte del PRONABI, adecuando su actuación a las normas que rigen el proceso de extinción de dominio, así como en los procesos penales por delitos cometidos en agravio del Estado;
Que, el literal d) del artículo 9 de los Lineamientos, establece como mecanismo de administración y disposición de los bienes patrimoniales que administra el PRONABI, a la custodia y conservación;
Que, el artículo 23 de los Lineamientos regula la custodia definiéndola como un mecanismo de carácter temporal que consiste en salvaguardar los bienes patrimoniales, a efectos que no sufran pérdida o robo ni pierdan su valor económico. Señala, también, que la realiza el PRONABI u otras entidades públicas o privadas o entidades financieras y que, en el caso de vehículos, inmuebles y otros podrán ser entregados a entidades públicas que hayan presentado una solicitud de asignación en uso temporal por bienes de iguales o similares características, lo cual es evaluado por el PRONABI;
Que, la Octava Disposición Complementaria Final de los Lineamientos, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el marco de sus competencias aprueba, mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias que requiera la aplicación del citado Decreto Supremo y de las normas contenidas en el Decreto Legislativo N° 1373, el Decreto Supremo N° 007-2019-JUS y el Decreto Supremo N° 011-2017-JUS;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0185-2024-JUS, se aprueba el Lineamiento N° 05-2024-JUS/DM, denominado “Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI”;
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Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del PRONABI de fecha 07 de julio de 2025, dicho Colegiado acordó por unanimidad el contenido del “Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI”, con cargo a redacción de los extremos propuestos por los consejeros, tal como consta en el Acuerdo N° 4 del Acta 91;
Que, conforme a los documentos de vistos, la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados sustenta la necesidad de actualizar el Lineamiento N° 05-2024-JUS/DM, “Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI”, con el objeto de establecer disposiciones para normar la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI, a efectos que no sufran daño o pierdan su valor económico, garantizando de esta manera la eficiente administración de los bienes incautados a nivel nacional;
Que, la mencionada propuesta normativa guarda el orden y la estructura establecida en la Directiva para la gestión de la normativa interna del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0264-2024-JUS, encontrándose a su vez alineada a los Lineamientos para la administración y disposición de bienes a cargo del Programa Nacional de Bienes Incautados, aprobados por Decreto Supremo N° 001-2021-JUS;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la actualización del “Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI” y deje sin efecto el Lineamiento N° 05-2024-JUS/DM, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0185-2024-JUS;
Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 6.1.1 del acápite 6 de la Directiva para la gestión de la normativa interna del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0264-2024-JUS, el proyecto normativo ha sido formulado por un Programa adscrito a este Ministerio, por lo que corresponde que el mismo sea aprobado a través de una Resolución Ministerial;
Con el visado de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la “Directiva para la gestión de la normativa interna del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0264-2024-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto el Lineamiento N° 05-2024-JUS/DM, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0185-2024-JUS.
Artículo 2.- Aprobar el Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el PRONABI, con código PRONABI.LI.004 y los Anexos N° 01, N° 02 y N° 03, que forman parte integrante del mismo.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Lineamiento aprobado en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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