A través de la Ley 32347, se declaró el 13 de junio de cada año como el «Día Nacional del Pan Peruano», una fecha destinada a conmemorar la importancia del pan en la cultura, historia y alimentación del país.
La norma tiene como finalidad destacar el valor cultural, económico y nutricional del pan, así como promover la identidad gastronómica nacional a través de sus múltiples variedades regionales.
La ley también contempla que los ministerios de la Producción, Cultura y Comercio Exterior y Turismo, en coordinación con gobiernos regionales y locales, organicen actividades culturales, ferias gastronómicas, concursos de panadería y campañas de concientización sobre la calidad sanitaria del producto.
Con esta iniciativa, se busca no solo revalorizar al pan como alimento fundamental en la dieta peruana, sino también fomentar la organización de los panaderos a nivel local y regional, fortaleciendo su actividad productiva.
Ley Nº 32347
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA “DÍA NACIONAL DEL PAN PERUANO” EL 13 DE JUNIO DE CADA AÑO, CON LA FINALIDAD DE CONMEMORAR Y CELEBRAR LA IMPORTANCIA DEL PAN EN LA CULTURA E HISTORIA Y ALIMENTACIÓN PERUANA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene como objetivo conmemorar y celebrar la importancia del pan en la cultura e historia y alimentación peruana estableciendo el 13 de junio como el “Día Nacional del Pan Peruano”. La celebración busca generar conciencia sobre la variedad, valor nutricional y relevancia del pan en la dieta diaria, así como establecer controles sanitarios para garantizar la salud pública y promover la organización de panaderos a nivel local y regional.
Artículo 2. Día Nacional del Pan Peruano
Se declara “Día Nacional del Pan Peruano” el 13 de junio de cada año, en reconocimiento a la importancia cultural, histórica y económica de la producción de pan en el territorio peruano.
Artículo 3. Autoridades competentes de la conmemoración del “Día Nacional del Pan Peruano”
El Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de la Producción, de Comercio Exterior y Turismo y de Cultura, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el marco de sus competencias, disponen las acciones pertinentes a fin de conmemorar y celebrar el “Día Nacional del Pan Peruano”, realizando eventos culturales, ferias gastronómicas, concursos de panadería y otras iniciativas destinadas a destacar la importancia del pan en la cultura peruana en sus diversas variantes.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil veinticinco.
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EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República
CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Presidente del Consejo de Ministros