Ley 32208: Ley de trabajo del profesional estadístico

Publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de diciembre de 2024

Se ha publicado la Ley 32208, que establece un marco regulatorio para el ejercicio profesional del estadístico en Perú, tanto en el sector público como en el privado. La norma define la labor estadística como una disciplina clave para la recolección, procesamiento, análisis y uso de datos con el objetivo de mejorar la toma de decisiones en ámbitos sociales, científicos y empresariales.

Los profesionales en estadística podrán desempeñarse en áreas como salud, economía, ingeniería, medio ambiente, política y auditorías de datos, entre otros. También se garantiza su línea de carrera y promoción profesional mediante concursos públicos meritocráticos.

Además, la ley promueve la capacitación continua, la certificación profesional y el fortalecimiento del Colegio de Estadísticos del Perú como entidad rectora de la especialización y buenas prácticas.

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LEY Nº 32208

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE TRABAJO DEL PROFESIONAL ESTADÍSTICO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto de la Ley

El objeto de la presente ley es regular el trabajo del profesional estadístico colegiado en el Colegio de Estadísticos del Perú que preste servicios en el sector público o en el ámbito privado.

Artículo 2. La profesión de Estadística

La Estadística es la profesión relacionada con la aplicación de principios, procedimientos, métodos y técnicas de la ciencia Estadística y con los algoritmos computacionales en el análisis, administración, dirección, supervisión y control de información estadística que permitan mejorar los procesos de producción de bienes o servicios; así como con los procesos de investigación científica, en los cuales se efectúa la recolección, organización, procesamiento, monitoreo, evaluación, control, presentación, modelamiento y crítica de datos para una adecuada y oportuna adopción de decisiones que coadyuven a mejorar la calidad de vida del ser humano y de la sociedad y a la conservación del planeta.

Artículo 3. Descripción del profesional en Estadística

3.1. Es el profesional encargado de crear, innovar, explicar y aplicar métodos, técnicas y metodologías estadísticas que permitan generar conocimiento científico.

3.2. Está capacitado para:

a) Asegurar la producción y procesamiento de datos estadísticamente oportunos y de calidad de fenómenos o eventos de todo tipo o especialidad del conocimiento que permitan describir, explicar, pronosticar o estimar sus principales características y su variabilidad, las que tienen por finalidad coadyuvar a la oportuna adopción de decisiones de investigadores y organizaciones.

b) Participar en grupos interdisciplinarios, multidisciplinarios y transdisciplinarios de cualquier campo de aplicación e investigación aplicando conocimientos estadísticos.

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Artículo 4. Competencias profesionales

Los profesionales en Estadística cuentan con las siguientes competencias:

a) Participar en la formulación y coadyuvar a la evaluación de las políticas nacionales en lo que corresponda; así como coordinar, coadyuvar y orientar, con información estadística oportuna, válida y confiable, en la formulación y evaluación de los planes institucionales de las oficinas o unidades orgánicas de estadística del Sistema Estadístico Nacional y del sector privado, en lo que resulte aplicable.

b) Participar en el diseño y ejecución de las diversas técnicas de recolección de datos, así como en la producción de las estadísticas mediante los censos, encuestas por muestreo y registros administrativos en el sector público.

c) Participar en la regulación, supervisión y evaluación de los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por las oficinas o unidades orgánicas de estadística del sector público y privado, en lo que resulte pertinente.

d) Participar en la certificación de las metodologías estadísticas correspondientes, incluyendo la revisión de las herramientas computacionales empleadas en el procesamiento de la información estadística.

e) Participar en la coordinación y producción estadística referidas al giro del negocio, esquemas de minería de datos, así como en la elaboración de estadísticas relevantes y de interés para el sector público y el sector privado, en lo que resulte pertinente.

f) Participar en la producción, análisis, investigación y difusión de los indicadores estadísticos en los sectores socioeconómico, educativo, laboral, salud y otros, en los que se requiera.

g) Participar en la formulación de normas y estándares para la regulación, compatibilización y actualización de los sistemas de banco de datos y de información estadística en las oficinas o unidades orgánicas de estadística del Sistema Estadístico Nacional y del sector privado, en lo que corresponda.

h) Coadyuvar a la celebración de convenios sobre asistencia técnica, capacitación especializada y prestación de servicios estadísticos.

i) Coadyuvar a la creación, innovación y aplicación de la ciencia Estadística en las investigaciones científicas cuantitativas en los diferentes ámbitos y disciplinas.

j) Asesorar en la formulación de proyectos y redacción de informes de investigación científica, en los que se requiera el uso de la estadística, validando los métodos y metodologías estadísticas y herramientas computacionales empleadas para el análisis de datos cuantitativos.

k) Participar en las áreas encargadas del procesamiento de información estadística y en programas y proyectos de desarrollo y de investigación de mercados u otros, en los que se requiera la aplicación de conocimiento de la ciencia Estadística, emitiendo su opinión profesional.

l) Participar en la elaboración de propuestas de métodos y metodologías con soporte informático para las diferentes áreas de la Estadística y sus aplicaciones.

Artículo 5. Especialidades del ejercicio profesional en Estadística

El ejercicio laboral del profesional estadístico se desarrolla en las siguientes especialidades:

a) Estadística gubernamental. Gestión en la producción de bancos de datos y de información estadística del Sistema Estadístico Nacional en las diferentes instituciones del sector público a nivel nacional, regional y local bajo la normativa vigente, validando la información estadística antes de que sea oficial, y en otros que resulten pertinentes.

b) Estadística aplicada a la economía y empresa. Gestión en manejo de datos estadísticos e información estadística en econometría estadística, validación estadística de indicadores económicos, análisis de coyuntura, marketing o estudios de mercado en diferentes campos y en mercados financieros, identificación de grupos de riesgo financiero, control y validación de riesgos, análisis actuarial y mejoramiento de procesos en base a monitoreo, validando la información, y en otros que resulten pertinentes.

c) Estadística de la salud. Gestión de datos estadísticos e información estadística en epidemiología, en bioestadística, en estadística genómica, en estadística actuarial, en investigaciones de todo nivel, a escala experimental con diseños de ensayos clínicos y otros, análisis de señales biomédicas y estadística forense, y gestión de datos estadísticos e información estadística en salud mental y en análisis del comportamiento, y en otros que resulten pertinentes.

d) Estadística aplicada a la ingeniería y control de procesos. Gestión estadística de los procesos de diseño y de control de calidad, de diseño y control de inventarios, de minería de datos, de redes de comunicación, de diseño de experimentos, de reconocimiento de patrones y de otros que resulten pertinentes.

e) Estadística aplicada a las ciencias de la tierra y medioambiente. Gestión de la información estadística y de los sistemas de base de datos en climatología, sismología, desastres naturales y geoestadística, y en otros que resulten pertinentes.

f) Estadística social. Gestión de datos e información estadística en validación estadística de indicadores sociales, establecimiento de indicadores estadísticos de monitoreo y evaluación, diseño de sistemas de monitoreo estadístico de proyectos sociales y de métodos estadísticos para la investigación cuantitativa en el ámbito social, y de otros que resulten pertinentes.

g) Estadística aplicada a la política. Gestión en la elaboración de modelos de proyecciones demográficos, de marketing político, de estadísticas de gobernabilidad, de estadísticas electorales, de estadísticas jurisdiccionales, y de sistemas de información estadísticos para mejorar la administración de justicia, y de otros que resulten pertinentes.

h) Auditor de datos e información estadística. Gestión en la auditoría de los datos y de la información estadística que se difunden en los medios, en publicaciones oficiales, en los resultados de encuestas y en estudios de investigaciones científicas o tecnológicas, de mercado y otros como perito estadístico, y de otros que resulten pertinentes.

i) Estadística aplicada en el ámbito financiero. Gestión en la elaboración de modelos de pronóstico, incluyendo análisis de riesgo, así como velar por el cumplimiento de las normas relativas al manejo de información cuantitativa en las entidades financieras.

j) Estadística aplicada a los proyectos de infraestructura. Gestión en la realización de estudios estadísticos del análisis de la demanda social de la población beneficiaria.

k) Otras áreas de aplicación. Investigación de operaciones, estadísticas deportivas y recreativas y de alta competencia, estadísticas de medios de comunicación, estadísticas para medir la trasparencia en el manejo de la información y en otras áreas en las que se requiera la aplicación de la ciencia Estadística.

Artículo 6. Modalidades del ejercicio profesional

El ejercicio profesional del estadístico se realiza en diferentes modalidades, conforme a la normativa laboral vigente:

a) Dependiente. Prestando sus servicios profesionales conforme a la normativa laboral, especialmente en las áreas de estadística o en las que se requiera su participación profesional, en el sector público o privado, en lo que corresponda.

b) Independiente. Prestando sus servicios profesionales, en forma independiente, como investigador, consultor y capacitador en el desarrollo de metodologías, métodos y técnicas estadísticas, su implementación informática y su divulgación utilizando diferentes medios; así como prestando servicios profesionales como asesor de proyectos e informes de investigación científica.

c) En la actividad docente y de investigación. El profesional estadístico es el encargado de ejercer funciones de docencia en las instituciones educativas de los niveles superior y universitario, conforme a los requisitos establecidos y normativa vigente, y en instituciones educativas de nivel superior no universitario, de asignaturas, seminarios, talleres o programas de contenido de la ciencia Estadística. El profesional estadístico titulado de nivel universitario puede trabajar en investigaciones científicas, tecnológicas, de mercado y en otros, de manera interdisciplinaria, multidisciplinaria y transdisciplinaria.

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CAPÍTULO II
COMPETENCIAS LABORALES DEL PROFESIONAL EN ESTADÍSTICA

Artículo 7. Competencias generales y específicas

Las competencias del profesional en Estadística son las siguientes:

a) Competencias laborales generales

1) Participar en las gerencias, direcciones o jefaturas de las oficinas de estadísticas o afines de su competencia, en el sector público, a cuyo efecto propone y formula las políticas de producción de estadísticas.

2) Participar en la dirección de programas y proyectos para la ejecución de censos y encuestas nacionales.

3) Opinar sobre la metodología y herramientas estadísticas empleadas para diagnosticar la realidad.

b) Competencias laborales específicas

1) Coadyuvar a la identificación y selección de las fuentes de información primarias o secundarias para un eficiente trabajo estadístico.

2) Diseñar una tabla de necesidades de información cuantitativa del usuario mediante el instrumento de la entrevista.

3) Coadyuvar al planteamiento del problema y de los objetivos de investigación científica cuantitativa.

4) Coadyuvar al planteamiento de las hipótesis estadísticas a contrastar de acuerdo con la materia de investigación cuantitativa.

5) Definir la población objetivo de la investigación cuantitativa y los criterios de inclusión y exclusión.

6) Coadyuvar a la identificación del elemento muestral y la unidad de análisis en las investigaciones cuantitativas.

7) Colaborar en la elaboración de los marcos muestrales en las investigaciones cuantitativas.

8) Coadyuvar a la identificación de las variables de investigación cuantitativa conforme con el protocolo estadístico diseñado.

9) Coadyuvar a la definición operacional de las variables de investigación cuantitativa de acuerdo con el protocolo establecido: dimensión, indicadores, índices, y escala de medición.

10) Coadyuvar a la clasificación de las variables de investigación cuantitativa conforme a su naturaleza y forma de relación causal o de correlación.

11) Coadyuvar al cálculo del tamaño de la muestra de estudio en las investigaciones cuantitativas y al diseño del muestreo aleatorio adecuado y correspondiente con las características de la población, tipo, diseño y objetivos de dichas investigaciones.

12) Coadyuvar al planteamiento del diseño de recolección de datos pertinente con las necesidades de información del usuario, con las características de la población de estudio, y con el tipo y diseño de investigación cuantitativa.

13) Coadyuvar a la determinación técnica apropiada para la recolección de datos en las investigaciones cuantitativas.

14) Coadyuvar a la identificación y elaboración de los instrumentos o medios de recolección de datos pertinentes que estén en correspondencia con las variables y objetivos de estudio definidos previamente en las investigaciones cuantitativas.

15) Coadyuvar a la validación de los instrumentos de recolección de datos con las técnicas estadísticas que correspondan en las investigaciones cuantitativas.

16) Coadyuvar al planteamiento del diseño de contrastación de hipótesis de acuerdo con el tipo y nivel de investigación y la naturaleza de las variables de estudio en las investigaciones cuantitativas.

17) Coadyuvar a la ejecución del diseño de recolección de datos según protocolo estadístico establecido en las investigaciones cuantitativas.

18) Coadyuvar a la identificación o innovación del modelo estadístico de mejor ajuste a los datos y participar en su procesamiento en las investigaciones cuantitativas.

19) Coadyuvar a la descripción de la información estadística contextualizándola con el objeto de estudio en las investigaciones cuantitativas.

20) Coadyuvar a la explicación de la información estadística contextualizándola con el objeto de estudio y con lo reportado por la bibliografía científica en las investigaciones cuantitativas.

21) Coadyuvar a la elaboración de las conclusiones de resumen o de inferencia en las investigaciones cuantitativas.

22) Presentar la información estadística con ordenamiento lógico de acuerdo con los objetivos de la investigación en las investigaciones cuantitativas.

23) Coadyuvar a la redacción del informe estadístico con lenguaje científico y claro para el usuario en las investigaciones cuantitativas.

24) Coadyuvar a la transmisión del conocimiento estadístico contextualizándolo con el objeto de estudio.

25) Mostrar dominio en los fundamentos científicos de las técnicas o modelos estadísticos utilizados, así como claridad y apertura para absolver las preguntas que le formulen, en el marco de investigaciones cuantitativas.

CAPÍTULO III
DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 8. Derechos

El profesional en Estadística tiene derecho a:

a) Desarrollar su actividad laboral en un ambiente adecuado, contando con los recursos materiales y el equipamiento necesario para brindar un servicio profesional oportuno y de calidad, y de acuerdo con los recursos de la organización donde labora.

b) Ocupar plazas y cargos con funciones propias de la ciencia Estadística y correspondientes con la estructura orgánica de la carrera profesional estipulados en los instrumentos de gestión administrativa de las organizaciones del sector público.

c) Percibir una remuneración justa y equitativa acorde con su preparación y experiencia profesional.

d) No ser coaccionado o amenazado por la institución, autoridad, funcionario o superior jerárquico funcional con la finalidad de emitir opiniones o informes científicos o técnicos estadísticos contrarios a la información estadística analizada.

e) Recibir capacitaciones con la finalidad de mejorar su desempeño profesional y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

f) Recibir todos los beneficios laborales que le correspondan conforme al régimen laboral al que pertenece.

Artículo 9. Obligaciones

El profesional en Estadística está obligado a:

a) Cumplir lo establecido en la Ley 29093, Ley de creación del Colegio de Estadísticos del Perú, y las normas internas vigentes emitidas por el Colegio de Estadísticos del Perú.

b) Producir estadísticas útiles y de calidad orientadas a resolver problemas de nuestra sociedad, de las instituciones, de la empresa y de la ecología.

c) Capacitarse periódicamente para lograr una formación continua, tanto a nivel de especialización como en grados académicos mayores, con el propósito de obtener el conocimiento en nuevos desarrollos de la ciencia Estadística y su implementación computacional, lo cual redundará en una mejora de los métodos, técnicas y metodologías estadísticas, y otras que la complementan, empleadas en su ámbito laboral.

d) Certificarse periódicamente como profesional competente.

e) Promover el desarrollo de software estadístico, con especial referencia al uso de software libre.

f) Promover el debate y discusión acerca de los métodos, técnicas y metodologías estadísticas empleadas en su centro laboral con la finalidad de elevar su producción, eficiencia y efectividad laboral y el logro de los objetivos institucionales.

g) Conocer y cumplir la normativa vigente del Sistema Estadístico Nacional en su ejercicio profesional, cuando corresponda.

h) Denunciar toda manipulación, distorsión u omisión de la correcta aplicación de los métodos y técnicas de la ciencia Estadística cometidas por personas naturales o jurídicas, cuando corresponda, con el sustento correspondiente.

i) Cumplir las demás obligaciones y prohibiciones que establecen las normas laborales que le resulten aplicables en su ejercicio profesional.

CAPÍTULO IV
LÍNEA DE CARRERA Y PROMOCIÓN PROFESIONAL

Artículo 10. Línea de carrera

En el sector público, el Estado garantiza la línea de carrera profesional del estadístico, conforme a la normativa vigente que resulte aplicable. Las entidades públicas establecen dentro del grupo de profesionales los cargos para cuyo desempeño se requiere título profesional de estadístico y los niveles de desarrollo.

Artículo 11. Promoción profesional

En el sector público, el derecho a la promoción profesional del estadístico se efectúa por concurso público y meritocrático de acuerdo con la normativa vigente.

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CAPÍTULO V
CAPACITACIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y ESPECIALIZACIÓN

Artículo 12. Capacitación y perfeccionamiento

12.1. La capacitación profesional es inherente al trabajo del profesional estadístico y es promovida por las entidades de los sectores público y privado, y el Colegio de Estadísticos del Perú.

12.2. La certificación del profesional estadístico está a cargo del Colegio de Estadísticos del Perú o de otra institución debidamente acreditada que cumpla con la normativa vigente.

12.3. La formación continua del profesional estadístico es obtenida a través de estudios de posgrado, especializaciones y títulos universitarios complementarios, conforme a la normativa vigente.

Artículo 13. Especialización

13.1. El Colegio de Estadísticos del Perú coadyuva a la especialización del profesional estadístico en temáticas específicas de la ciencia Estadística y en herramientas informáticas de interés que mejoren su desempeño profesional.

13.2. El Colegio de Estadísticos del Perú, en convenio con las instituciones de educación superior, organiza jornadas, simposios, diplomados, coloquios, seminarios, cursos y otros eventos de carácter científico, académico y tecnológico, en colaboración con las universidades.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día treinta de mayo de dos mil veinticuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

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