Carlos Caro Coria, abogado penalista, comparte su perspectiva acerca de la última ley que promulgó el Gobierno de Dina Boluarte el lunes 10 de junio: excluir de responsabilidad penal a los partidos políticos que incurran en la comisión de delitos.
Mediante una Edición Extraordinaria del diario El Peruano, el Poder Ejecutivo oficializó el proyecto de ley que el Parlamento había aprobado anteriormente, el viernes 10 de mayo.
Argumentos de Caro Coria
A través de su cuenta oficial de X, el especialista enlista cuatro opiniones para respaldar su postura sobre este dictamen que modifica el artículo 105 del Código Penal y el artículo 5 de la Ley 30424.
1. La nueva Ley 32054 reforma el régimen de las consecuencias accesorias (art. 105 del CP) y de la llamada Responsabilidad Administrativa (¡penal!) de la Persona Jurídica (Ley 30424).
2. Para ambos sistemas, se establece que a los partidos políticos no podrán aplicarse las consecuencias más graves (disolución, inhabilitación, clausura de locales, etc.). La mala técnica legislativa parece dejar espacio, por ejemplo, para que el juez imponga una multa en el proceso penal a la organización política. Sin embargo, la propia ley cierra esta posibilidad al derivar toda opción sancionatoria a la Ley 28094 (justicia electoral).
3. Vigente desde hoy (se publicó en las últimas horas del 10.6.24), la reforma es aplicable al caso Lava Jato, a los procesos en curso, por ejemplo, contra Fuerza Popular, el Partido Nacionalista, PPK, Perú Posible, etc. Como la ley penal más favorable tiene efectos retroactivos, los casos penales contra estos partidos tendrán que archivarse en el estado en que se encuentren.
4. Se trata de una reforma injustificada, los partidos políticos tienen la capacidad de cometer diferentes delitos, en particular el de financiación ilegal, de modo que excluirlos de plano de toda forma de responsabilidad penal, debilita la prevención, debilita el compliance.
Lea más: Elecciones 2026: estos son los 26 partidos políticos inscritos en el JNE
En busca de la «democracia representativa»
88 congresistas se mostraron a favor de que progrese la «Ley que optimiza la democracia representativa y establece medidas de lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas».
Con ello, ya no es posible proceder con la clausura de sus locales, la disolución de la agrupación política o la suspensión de la misma. Ahora, la sanción se aplicará de acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, la cual establece multas administrativas.




![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)
![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)













![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-324x160.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-100x70.jpg)



![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-100x70.jpg)
