Mediante la Ley 31208, declaran de necesidad pública producción y uso de pruebas moleculares.
LEY Nº 31208
LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA PRODUCCIÓN Y USO DE PRUEBAS MOLECULARES Y SEROLÓGICAS PARA PACIENTES INFECTADOS CON SARS-COV-2 Y OTRAS
Artículo único. Declaración de necesidad pública
Declárase de necesidad pública y de interés nacional la producción y uso de pruebas moleculares y serológicas para SARS-CoV-2 y otras que pudieran emplearse durante declaratorias de emergencia sanitaria, a fin de controlar el crecimiento de la pandemia, como métodos de diagnóstico confiable para detectar y frenar la propagación de la enfermedad.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los seis días del mes de mayo de dos mil veintiuno.
MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN
Presidenta a. i. del Congreso de la República
LUIS ANDRÉS ROEL ALVA
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los dos días del mes de junio de dos mil veintiuno.
MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN
Presidenta a. i. del Congreso de la República
LUIS ANDRÉS ROEL ALVA
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República