Ley promulgada por el presidente del Congreso de la República, y publicada hoy 29 de setiembre en el diario oficial El Peruano
LEY Nº 30660
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE INCORPORA UN ÚLTIMO PÁRRAFO A LA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO 1311,
DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL CÓDIGO TRIBUTARIO
Artículo único. Incorporación de un último párrafo a la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1311
Incorpórase como último párrafo de la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1311, Decreto Legislativo que modifica el Código Tributario, el texto siguiente:
“PRIMERA. Extinción de multas por comisión de la infracción del numeral 1 del artículo 178º del Código Tributario
(…)
La presente disposición es de aplicación solo a las personas naturales, y a micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME)”.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre de dos mil diecisiete.
LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MAURICIO MULDER BEDOYA
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República