La edición 22 de la Feria Internacional de Lima 2017 ya está entre nosotros. Comenzó el 21 de julio y se queda hasta el 6 de agosto. El equipo de Legis.pe, como no podía ser de otra manera, estará en la Feria presentando la segunda edición de un revelador libro que da cuenta de la vida de una de las primeras mujeres que dedicó buena parte de su vida a luchar por acceder al foro: Trinidad María Enríquez. Una abogada en los Andes.
Carlos Ramos Núñez, profesor principal de la PUCP, y Martín Baigorria Castillo, abogado por la Universidad de Lima, autores de la investigación, reconstruyen en este texto la historia de la primera mujer en acceder a los estudios de derecho, cuando a nadie se le ocurría que una dama pretendiera semejante atrevimiento. Trinidad María, la dama cusqueña, empujada por las circunstancias y sus propias convicciones, se convirtiría en la «abogada» de sus derechos, al litigar para que se le permita obtener, el grado de bachiller en derecho y luego el título, en una sociedad en que la abogacía era un oficio reservado solo para los varones.
Las primeras líneas del libro constituyen el pórtico perfecto para adentrarnos en la vida de la estudiosa provinciana:
Un aspecto singularmente llamativo en el tránsito hacia la emancipación femenina lo constituyó, en el Perú, el debate suscitado hacia 1890 en torno al ejercicio de la abogacía por las mujeres. La larga y dolorosa reclamación emprendida en 1878 por una ilustrada dama cusqueña, Trinidad María Enríquez, quien demandaba la autorización oficial para obtener el bachillerato, luego el título, y ejercer libremente la profesión forense, fue el acicate de esa discusión, que alcanzó las más altas esfereas políticas y jurisdiccionales. El caso de Trinidad Mária Enríquez despunta como un emblema negativo de razonamiento administrativo y judicial. Para imperdirle la obtención del título, con el que hubiera podido convertirse en la primera abogada hispanoamericana, los operadores de la época no dudaron en recurrir al Derecho romano y a las Siete Partidas, en una manifiesta aplicación ultraactiva de la norma.
Se trata, pues, de todo un hito en la historia de los derechos de la mujer peruana y latinoamericana, en una época muy hostil para las ellas. Si bien el libro escarba en la biografía de María Trinidad, se adentra más en los «argumentos» que se usaron en los procesos administrativos y judiciales que llevó adelante para defender su causa: convertirse oficialmente en la primera abogada de América Latina.
Sin más, están cordialmente invitados a participar en este inolvidable evento en el que, además de los autores, participarán la escritora e historiadora, María Emma Mannarelli y la abogada y excongresista de la República, Rosario Sasieta.
La cita es a las 5:00 p.m. el 30 de julio de 2017 en el auditorio Clorinda Matto de Turner. Ahí podrán adquirir el texto con la correspondiente firma de los autores. Los esperamos.




![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)
![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)














![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-324x160.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-100x70.jpg)



![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-100x70.jpg)