Ante la tremenda acogida de nuestro top seven de las sentencias del Tribunal Constitucional en el 2015, y nuevamente, frente a la insistencia de nuestros ávidos lectores, les hemos preparado el top ten de las leyes que dejaron huella este 2015. La lista que hemos preparado no pretende zanjar nada, sino solo dar cuenta de las leyes que por su impacto social y su contenido han despuntado como las más relevantes de este 2015 que se va.
Hemos incluido algunos decretos legislativos que, aparte de tener la misma jerarquía que las leyes, alteraron significativamente nuestro sistema jurídico. Sin más preámbulos, aquí vamos con el recuento y con algunas sorpresas:
10mo puesto
Ley de Protección y Bienestar Animal
Sin duda la norma más esperada por los ciudadanos que promueven el bienestar animal. Entre otras cosas, la ley castiga el maltrato animal con hasta cinco años de pena privativa de libertad en caso de que se provoque la muerte del animal.
Así, agrega el artículo 206-A al Código Penal, en el que se contempla pena privativa de la libertad de entre uno y dos años de cárcel y con 60 a 180 días-multa a quien maltrata con crueldad a un animal.
Así también atribuye a los gobiernos regionales y locales como a las instituciones públicas la responsabilidad de vigilar la aplicación de la ley y el deber de considerar en sus presupuestos las partidas necesarias que les permitan la aplicación. Encomienda, además, a los gobiernos locales, la creación y funcionamiento de albergues para animales de compañía en estado de abandono, se señala. Sin embargo, hay que decirlo, esta norma no incluye a las corridas de toros y a las peleas de gallos, ni a cualquier otra actividad similar que sea considerada de carácter cultural. Así que en este aspecto hay un largo trecho que recorrer.
9no puesto [Ley 30314]
Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos
Esta ley fue una de las más polémicas del año. Las redes sociales prácticamente colapsaron con el debate que se armó en torno a ella. Por un lado, quienes la defendían, aducían que era un paso en la lucha contra el machismo, mientras que sus detractores argüían la subjetividad de la norma.
8vo puesto [Decreto Legislativo 1177]
Decreto que establece el régimen de promoción del arrendamiento para vivienda
- El arrendamiento destinado a vivienda, por el que el arrendador cede temporalmente el uso de un inmueble al arrendatario para vivienda, por una renta convenida y un plazo pactado.
- El arrendamiento con opción de compra, mediante el cual el arrendador cede el inmueble al inquilino por el pago de la renta, y por un plazo determinado, a cuyo término, y siempre que haya cumplido con el pago de las rentas mensuales, el arrendatario tiene la opción de comprar el bien.
- El arrendamiento financiero (leasing inmobiliario). El arrendador (banco o empresa autorizada por la SBS) adquiere el departamento o casa por encargo del cliente y financia el acceso de este como inquilino con el pago de cuotas periódicas y con opción a favor del arrendatario de comprar el bien por el monto pactado.
7mo puesto [Ley 30364]
Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
La reciente entrada en vigencia de esta norma ha significado un importante y radical cambio en la concepción que se tiene de la violencia perpetrada contra las mujeres y la forma de combatirla. Su importancia estriba en que derogó nada menos que Ley de protección contra la violencia familiar, que estuvo vigente durante 22 años.
Esta ley se ha adecuado a las sendas recomendaciones de la Convención Belem do Para, y de la Corte IDH. Una de sus novedades es la incorporación de la violencia económica o patrimonial, definida como la acción u omisión que perturba la posesión, tenencia o propiedad de los bienes, así como la evasión del cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Otro aspecto que cabe resaltar es que prevé un proceso especial que pone énfasis en la celeridad, y obliga a los jueces a dictar medidas de protección correspondientes en un plazo no mayor a 72 horas, sin participación del Ministerio Público. Lo cuestionable es que esta Ley se ha puesto en vigencia sin contar con el presupuesto debido (ya no es novedad), lo que ha provocado colapso en muchas cortes judiciales.

6to puesto [Ley 30358]
Ley de creación del distrito de La Yarada-Los Palos en Tacna
Se han creado varios distritos este año, pero la ley que crea este novísimo distrito es de singular importancia, no solo porque satisfizo un pedido de los tacneños y del país en general, sino porque crispó las relaciones diplomáticas con el vecino país de Chile.
5to puesto [Decreto Legislativo 1181]
Decreto que incorpora el delito de sicariato
A pedido de nuestros seguidores, que la debatieron hasta el cansancio. La tipificación del delito de sicariato fue uno de los grandes acontecimientos legales de este año, por los ríos de tinta (o millones de bytes) que corrieron alrededor de él. Los foros académicos no se hicieron esperar: mientras unos criticaban el nuevo tipo penal por inútil y decorativo, otros apuntaban su insoslayable necesidad. El decreto incorporaba al Código Penal el artículo 108-D, que se anunciaba severo, en un intento por desmarcarse del tradicional homicidio por lucro:
El que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinticinco años y con inhabilitación establecida en el numeral 6 del artículo 36, según corresponda. […]
4to puesto [Decreto Legislativo 1182]
Decreto que regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado
Conocido en su momento como la «Ley Stalker», esta es otra de las normas más relevantes del 2015. No faltaron los profesores de derecho que la tacharon de inconstitucional: permitía a la policía saber dónde está cualquier ciudadano sin que medie orden judicial.
Según el dispositivo legal, la unidad a cargo de la investigación policial podía solicitar a la unidad especializada el acceso inmediato a los datos de localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos de naturaleza similar, en los casos que se trate de flagrancia delictiva, cuando el delito investigado sea sancionado con pena superior a los cuatro años de privación de libertad y el acceso a los datos constituya un medio necesario para la investigación.
3ro puesto [Ley 30357]
Ley que incorpora una Cuarta Disposición Complementaria Final a la Ley 30130
Una de las más controversiales del año por las intensas repercusiones políticas que provocó la explotación del Lote 192, ubicado en el distrito de Andoas, en la cuenca del Marañón (Loreto), ¿lo acuerdan? Con el recuerdo vivo de los problemas de contaminación ocasionados por las empresas extranjeras Pluspetrol y OXY, varias organizaciones de Loreto demandaron al gobierno que sea Petroperú la encargada de explotar este Lote. A este pedido, y en medio de protestas, se sumaron el Frente Patriótico de Loreto, el gobernador regional de Loreto, Fernando Meléndez, y varios sectores políticos.
El pedido era legalmente imposible porque la Ley 30130 lo prohibía. Así que, ante la presión de los loretanos, el Congreso, en desavenencias con el Ejecutivo, se vio obligado a aprobar la Ley 30357, que permitía que Petroperú, previa evaluación y mediante negociación directa, suscriba el contrato de explotación de hidrocarburos del Lote 192, lo que zanjó el problema, por lo menos momentáneamente.
2do puesto [Decreto Legislativo 1194]
Decreto que regula el proceso inmediato en casos de flagrancia
Sin duda esta es una de las leyes más importantes que se dictaron en nuestro país, como reacción ante la ola de inseguridad (cierta o simulada) que sacudió el escenario político-social, y que tuvo una de sus tristes expresiones en la campaña emprendida en Facebook: «Chapa tu choro». Si bien la norma recibió la aceptación de la opinión pública, pronto aparecieron los problemas. Por un lado no se había destinado los recursos económicos para implementar los juzgados de flagrancia, y por otro lado, la rapidez de los trámites supuso la violación de varios derechos.

La norma señaló que el fiscal podía solicitar la incoación del proceso inmediato en los casos en los que el imputado haya sido sorprendido y detenido en flagrante delito, haya confesado la comisión del delito, y los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes.
Asimismo, la norma señaló que quedaban exceptuados los casos en los que, por su complejidad, sean necesarios ulteriores actos de investigación; y aquellos supuestos en los que, habiendo varios imputados, no era posible si no estaban en la misma situación. Por último, se ordenaba al fiscal solicitar, de todas maneras, la incoación de este proceso para los delitos de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción.

1er puesto [Ley N° 30305]
Ley de reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes
Esta es, a no dudarlo, la ley más importante del 2015, no tanto por los efectos que vaya a producir (se duda de ello luego de que, en su momento, se debatiera intesamente), sino porque formalmente se trata de un ley que reforma la propia Constitución. El fin era evitar los actos de corrupción de las autoridades locales. Y aun cuando eso no se logre, de hecho, esta reforma constitucional cambiará la forma de hacer política de las organizaciones locales.
Podría decirse que esta ley pertenece a los dos últimos años, porque fue aprobada en dos legislaturas consecutivas: la primera a fines de 2014, y la segunda en marzo de 2015, como lo manda el artículo 206 de la Carta fundamental.
Este cambio constitucional estableció que no hay reelección inmediata, que debe transcurrir otro periodo como mínimo, es decir cuatro años, para que los ex gobernadores regionales o ex vicegobernadores regionales puedan volver a postular, sujetos a las mismas condiciones. Se contempló, además, que los vicegobernadores regionales deben renunciar al cargo, igual que los gobernadores, seis meses antes de la elección respectiva.

![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-100x70.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-100x70.jpg)

