El titular del Quinto Juzgado de Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Giancarlo Torreblanca Gonzales, dispuso que el ministro de defensa, Walter Martos Ruiz, implemente de manera inmediata, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desacato a la autoridad, cursos sobre enfoque de género para todo el personal castrense, en un plazo no mayor a cuatro meses.
Esta disposición forma parte de las medidas de protección que dispuso el magistrado ante la denuncia de violencia psicológica que presentó una suboficial en contra de un alto mando de la Tercera División del Ejército Peruano, quien en una reunión castrense de oficiales, se habría referido a la denunciante en términos ofensivos y denigrantes a su condición de mujer; mellando su honor.
La Defensoría del Pueblo y el Centro Emergencia Mujer, serán los encargados de velar por el cumplimiento de estas medidas de protección, debiendo informar al despacho judicial el cumplimiento de esta disposición que fue emitida al amparo de la Ley 30364 que prevé la protección de la mujer por su condición de tal, sin que medie relación familiar alguna.
Asimismo, el magistrado, dispuso que el oficial denunciado, se abstenga de tener comunicación con la suboficial y de referirse nuevamente en términos agraviantes en contra de la denunciada; además dispone que reciba terapia psicológica ante el equipo multidisciplinario del Módulo Integrado de Violencia Familiar y en el plazo de 15 días informe sobre el cumplimiento de estas medidas, bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad.
El jefe de la Tercera División Militar del Ejército, Carlos Rios Aguilar, deberá emitir un informe documental detallando las razones por las cuales la denunciada fue trasladada a otra sede militar a pesar de estar en estado de gestión; cambio que a decir de la denunciante, obedece a represalias directas que se estarían asumiendo en su contra a partir de la denuncia presentada.
La decisión del juez Giancarlo Torreblanca Gonzales, responde a la necesidad de no pasar por alto o minimizar efectos nocivos de violencia ejercida contra la mujer en aras de eliminar las brechas que impiden el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de las mujeres y erradicar estereotipos machistas que todavía están enquistados en nuestro medio.
Fuente: Corte Superior de Arequipa.
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