El Indecopi, mediante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, declaró ilegales 42 medidas que afectan el servicio de delivery, las disposiciones fue interpuesta por las municipalidades de San Borja, Miraflores, San Isidro y Punta Hermosa.
Las comunas exigían a los repartidores de delivery el uso de uniformes, la colocación de stickers con el número de placa del vehículo en la caja de reparto o que cuenten con un certificado de registro otorgado por la municipalidad.
Estas disposiciones impiden a los emprendedores y empresarios entregar sus productos como un servicio complementario, o generar un nuevo rubro en el transporte de sus productos en vehículos menores, de acuerdo al Indecopi.
Durante el proceso, la comisión concluyó que las municipalidades de San Boja (Res. 0309-2022), Miraflores (Res. 0280-2024) y San Isidro (Res. 0068-2024) infringieron la Ley del Procedimiento Administrativo General así como la Ley Orgánica de Municipalidades.
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Sobre ello, remarcó que las municipalidades carecen de competencias para imponer medidas en materia de transporte terrestre de carga y/o mercancías.
Además, los establecimientos que cuentan con una licencia de funcionamiento están habilitados a desarrollar el servicio de delivery de los productos o servicios que comercializan, sin necesidad de realizar algún procedimiento o trámite adicional ante autoridades administrativas, según lo establece la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; por lo cual las medidas impuestas vulneran lo establecido en la ley.




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