Los fiscales del Equipo Especial contra la Corrupción del Poder (EFICCOP) rechazaron la reposición de Patricia Benavides como fiscal de la Nación, señalando que la decisión de la JNJ contradice la elección democrática de Delia Espinoza para el cargo hasta 2027, no se habría adoptado por unanimidad como exige la ley, y vulneraría criterios del Tribunal Constitucional sobre los límites de las actuaciones de oficio.
Además, advirtieron que esta reposición pone en riesgo investigaciones complejas vinculadas a Benavides y reafirmaron su compromiso con la lucha contra la corrupción.
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PRONUNCIAMIENTO DEL EQUIPO ESPECIAL DE FISCALES CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL PODER (EFICOOP) DE LA FISCALÍA SUPRAPROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS
Ante la reciente publicación de la Resolución N. 231-2025-JNJ del 12 de junio de 2025, que resuelve reponer a la señora doctora Liz Patricia Benavides Vargas en el cargo de Fiscal de la Nación, los fiscales del EFICCOP-FECOF SUPRA, estimamos emitir el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: PRECISAMOS que, bajo el amparo de la Constitución Política del Perú, la ley y la competencia funcional de los señores integrantes de la Junta de Fiscales Supremos, mediante un proceso democrático se eligió a la señora doctora DELIA MILAGROS ESPINOZA VALENZUELA para que ejerza el cago de Fiscal de la Nación entre el 08 de noviembre de 2024 hasta el 08 de noviembre del 2027.
SEGUNDO: RECHAZAMOS el acto resolutivo emitido por la Junta Nacional de Justicia que resuelve reponer a la señora doctora LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS en el cargo de Fiscal de la Nación, hecho que no guarda concordancia con los alcances de la sentencia del Tribunal Constitucional STC 01619-2023-PA/TC (caso Falconi Picardo), respecto que las actuaciones de oficio en los procedimientos administrativos de nulidad no pueden, bajo ningún motivo, sustituir y/o extender los recursos de los abogados de las partes, como al parecer habría ocurrido en este caso.
TERCERO: SEÑALAMOS que la presente decisión de la Junta Nacional de Justicia no habría sido emitida por unanimidad, como exige el artículo 213°.5 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Procedimiento Administrativo General (LPAG), sino, bajo una interpretación que no. representa un pronunciamiento uniforme de todos y cada uno de sus integrantes, motivo por el cual, dicha decisión merece ser aclarada, dentro del marco de transparencia por el cual se deben de regir todas las entidades del Estado, en apego a la Constitución y a la ley.
CUARTO: ADVERTIMOS que la decisión tomada por la Junta Nacional de Justicia pone en peligro inminente el normal desarrollo de las diversas investigaciones a nuestro cargo, así como la continuidad de los Fiscales que dirigen las mismas, por cuanto, en el EFICCOP se vienen investigando distintos hechos de presunto contenido ilícito de alta complejidad y de corrupción de funcionarios vinculados a la señora doctora LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS.
QUINTO: SEÑALAMOS que los integrantes del Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (EFICCOP-SUPRA), seremos oportunos denunciantes ante cualquier acto que suponga una vulneración a la autonomía e independencia del Ministerio Público que melle el correcto desarrollo de las investigaciones fiscales que giran bajo nuestra responsabilidad y REAFIRMAMOS nuestro compromiso de una lucha frontal contra la corrupción, provenga de donde provenga y caiga quien caiga.
[Continúa…]
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