Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 30 les dejamos aquí estas 10 preguntas sobre los derechos de los niños y adolescentes del del temario Profa ¿Se animan a resolver las preguntas?
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DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la investigación preparatoria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.
1. El juez ante una denuncia de alienación parental sin prueba suficiente ¿Debe adoptar medidas preventivas inmediatas o esperar una prueba plena, y cómo equilibra esto con el interés superior del niño? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P19)
a. Debe desestimar la denuncia si no existe prueba concluyente y continuar el proceso con normalidad.
b. Debe suspender automáticamente el régimen de visitas del progenitor acusado.
c. Ante una denuncia de alienación parental sin prueba suficiente, el juez sí puede y debe adoptar medidas preventivas inmediatas, sin esperar prueba plena, cuando exista un riesgo potencial para el bienestar emocional del niño o adolescente. Esto se justifica bajo el principio del interés superior del niño, el cual prima sobre cualquier otra consideración procesal.
d. Debe derivar el caso al Ministerio de la Mujer para que decida administrativamente si hay alienación parental.
2. En los procesos de infracción a la ley penal por adolescentes, ¿cuáles son los criterios constitucionales y doctrinarios que el Fiscal Adjunto Provincial de Familia debe aplicar para solicitar una medida de internación? (CONVOCATORIA 007-2025-SN/JNJ – PRUEBA M06)
a. Gravedad del hecho, reincidencia, riesgo de fuga y proporcionalidad..
b. Orden judicial previa e informe del Ministerio de la Mujer.
c. Petición de la víctima y aval de la Defensoría del Pueblo.
d. Interés superior del adolescente, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad.
3. ¿Cómo debe valorarse el testimonio de un menor que presencia violencia contra su madre, garantizando su derecho a ser oído sin exponerlo a revictimización y respetando su desarrollo emocional conforme al principio del interés superior del niño? (CONVOCATORIA 007-2025-SN/JNJ – PRUEBA M06)
a. No puede considerarse prueba válida por tratarse de un testimonio indirecto.
b. Solo tiene valor si el menor tiene más de 14 años.
c. El testimonio del menor debe ser descartado si no coincide con el de la madre.
d. Debe valorarse con enfoque de protección y especial consideración a su edad, madurez y contexto, conforme a estándares de justicia con enfoque de niñez.
4. ¿Qué medidas y criterios debe adoptar el fiscal provincial frente a un conflicto de derechos entre el régimen de visitas solicitado por un padre agresor y la protección de la integridad emocional del menor, priorizando siempre el interés superior del niño? (CONVOCATORIA 003-2025 SN/JNJ – PRUEBA M03)
a. Debe garantizar el régimen de visitas sin excepción por tratarse de un derecho paterno.
b. Puede acordar visitas forzadas sin supervisión.
c. Solo puede intervenir si hay violencia física reciente.
d. Debe solicitar la suspensión, limitación o supervisión de visitas, protegiendo el desarrollo emocional del niño.
5. ¿Qué responsabilidad jurídica y funcional recae sobre el fiscal especializado en familia cuando un adolescente víctima de violencia resulta revictimizado por omisiones sistemáticas del sistema de protección y qué medidas deben adoptarse para evitar dicha afectación secundaria? (CONVOCATORIA 003-2025 SN/JNJ – PRUEBA M03)
a. Ninguna, al tratarse de una responsabilidad exclusiva del INABIF.
b. Solo debe remitir un informe a la Defensoría del Pueblo sin mayores acciones.
c. Puede declarar nulo todo lo actuado sin intervención judicial.
d. Tiene la obligación de activar mecanismos de protección y denunciar las omisiones institucionales conforme al deber de prevención del daño.
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6. El Código de los Niños y Adolescentes en el Perú, en su regulación de tenencia incluye la regulación de la tenencia provisional. Se podrá solicitar la tenencia provisional, debiendo el Juez resolver en el plazo de veinticuatro horas, si estuviere en peligro su integridad física y fuere menor de: (CONVOCATORIA 003-2025 SN/JNJ – PRUEBA M03)
a. Cuatro años.
b. Diez años.
c. Tres años.
d. Dos años.
7. La Ley N° 30466 es la que establece los parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño en el Perú. Esta ley establece que se tome en cuenta garantías procesales en favor del niño. Una de estas es la determinación de los hechos, con la participación de: (CONVOCATORIA 003-2025 SN/JNJ – PRUEBA M03)
a. Los padres cuando se le entreviste para que el menor se sienta cómodo.
b. Profesionales capacitados para evaluar el interés superior del niño.
c. Estudiantes de psicología realizando sus prácticas pre profesionales.
d. El Juez de familia.
8. El artículo único de la Ley N.° 32228, publicada este año, incorpora los principios generales de los procesos de familia en el Libro de Familia del Código Civil. De esta manera la norma civil se adecua a los preceptos contenidos en los tratados en materia de derechos humanos que el Estado a suscrito, como la Convención sobre los Derechos del Niño. Los principios reconocidos son: (CONVOCATORIA 002-2025-SN/JNJ – PRUEBA P06)
a. Oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe, lealtad procesal, oficiosidad, el interés superior y su derecho de participación.
b. Oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe, lealtad procesal y oficiosidad.
c. Tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe, lealtad procesal, oficiosidad, el interés superior y su derecho de participación.
d. Ninguna de las anteriores.
9. ¿Qué límites tiene el juez para actuar de oficio en un proceso de régimen de visitas, considerando el principio dispositivo y los derechos fundamentales del niño? (CONVOCATORIA 002-2025-SN/JNJ – PRUEBA P18)
a. El juez no puede actuar de oficio bajo ninguna circunstancia, pues se trata de un proceso de parte.
b. Solo puede actuar de oficio si ambas partes están de acuerdo.
c. El juez puede actuar de oficio cuando se vea comprometido el interés superior del niño, aun en un proceso de naturaleza dispositiva.
d. El juez solo puede actuar de oficio si cuenta con dictamen previo del Ministerio Público.
10. La Ley N° 30466 establece los parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño en el Perú. Esta ley establece que se tome en cuenta los efectos de las medidas relacionadas con: (CONVOCATORIA 002-2025-SN/JNJ – PRUEBA P06)
a. Los efectos a mediano y largo plazo de las medidas relacionadas con el desarrollo del niño.
b. Los efectos a largo plazo de las medidas relacionadas con el desarrollo del niño a lo largo del tiempo.
c. Los efectos a corto plazo de las medidas relacionadas con el desarrollo del niño.
d. Los efectos a corto, mediano y largo plazo de las medidas relacionadas con el desarrollo del niño a lo largo del tiempo.
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