En el marco de la Convocatoria 004-2025-SN/JNJ, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) llevó a cabo la entrevista a la abogada Ángela Aveli Quijano Castañeda, quien postula a la plaza de jueza de familia de Parcona, en el distrito judicial de Ica. Durante la sesión, los miembros del pleno evaluaron su trayectoria profesional, sus motivaciones para asumir la magistratura y su dominio dogmático sobre diversas instituciones del derecho de familia.
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El momento más llamativo y central de la evaluación se produjo al abordar el historial de postulaciones de la candidata. El panel destacó que Quijano Castañeda cuenta con once convocatorias previas, de las cuales en nueve desaprobó la evaluación de conocimientos y en una la evaluación curricular. Ante la notable mejora en su calificación actual, la comisión le formuló una pregunta directa y esencial para la entrevista: «¿El examen estuvo muy sencillo o usted se preparó mucho más?».
Lejos de evadir la interrogante, la postulante respondió con franqueza y descartó que la prueba haya carecido de dificultad. Aseguró que su reciente desempeño es el resultado de capitalizar la experiencia de los exámenes anteriores, sumado a un mayor nivel de concentración y empeño en sus estudios. Asimismo, subrayó que se esforzó en leer a profundidad temas específicos, motivada siempre por el anhelo de asumir una magistratura.
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El anhelo de asumir una magistratura
Sobre su trayectoria, la abogada explicó los motivos que la impulsan a transitar del Ministerio Público al Poder Judicial. Tras ejercer por más de veinte años como fiscal adjunta provincial titular en el área de familia, indicó que este cambio responde a un deseo de ascenso profesional en la judicatura. A ello se suman factores personales, dado que su hija estudia en Ica y ella posee una propiedad heredada en la misma localidad de Parcona.
En el ámbito de la evaluación de conocimientos, los consejeros formularon preguntas sustantivas sobre el derecho civil. Al ser consultada sobre el patrimonio familiar, la candidata lo definió como la figura jurídica mediante la cual un conjunto de bienes muebles e inmuebles se destinan a ser utilizados en el entorno familiar. Además, respecto a la categoría de «hijo alimentista», se mostró a favor de utilizar únicamente el término «alimentista», detallando la dinámica probatoria en los procesos de filiación y dando paso a preguntas sobre instituciones históricas del derecho familiar.
Instituciones históricas del derecho familiar
La entrevista abarcó conceptos históricos y antropológicos del derecho, donde la JNJ indagó sobre el fundamento de figuras clásicas como la poligamia, la primogenitura y la dote. Quijano Castañeda vinculó la primogenitura con la necesidad de capacitar al hijo mayor para administrar los bienes y proteger a la familia, evitando el fraccionamiento del patrimonio. Asimismo, definió la dote como un mecanismo histórico destinado a fortalecer el patrimonio de la nueva pareja y asegurar la buena administración de sus bienes.
En la revisión de su idoneidad y conducta, el pleno escrutó la declaración jurada de bienes y rentas de la postulante. Se le interrogó específicamente sobre una demanda de división y partición interpuesta por una tercera persona respecto a un inmueble en Cerro Colorado, Arequipa, donde ella posee el 20% de derechos y acciones. La fiscal relató que el litigio se originó luego de que uno de sus hermanos vendiera su participación a una compradora externa, ante la falta de capacidad económica de los coherederos para adquirirla de forma interna.
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