¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre el Estado constitucional, a cargo del especialista Christian Donayre Montesinos, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
El docente Christian Donayre Montesinos es abogado especialista en derecho constitucional y argumentación jurídica. Maestro en Educación con mención en Docencia en Educación Superior por la USIL. Maestro en Administración Pública por el Instituto Universitario Ortega y Gasset, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid. Egresado de la Maestría en Derecho Constitucional de la PUCP.
INVITACIÓN
Asimismo, aprovechamos la oportunidad para informarles que nuestro Curso de repaso final para el examen de la JNJ dará inicio el jueves, 5 de junio de 2025. Será un total de 18 sesiones en vivo a desarrollarse de lunes a viernes (6 p. m. a 9 p. m.), y sábados y domingos Full Day (9:30 a. m. a 4:30 p. m.).
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma virtual (virtual.lpderecho.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. Asimismo, contará con un espacio interactivo para realizar sus preguntas en tiempo real. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
HASTA EL 5 DE JUNIO LLEVATE UN LIBRO GRATIS
Está sesión en vivo está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes) que rendirán el examen de conocimientos de la Junta Nacional de Justicia programado para el domingo 22 de junio.
Esta clase gratuita sobre sobre el Estado constitucional por Christian Donayre Montesinos, se desarrollará este lunes, 2 de junio de 2025 a las 3:30 p. m. Si desean recibir las diapositivas pueden completar el siguiente formulario:
INFORMACIÓN DE MATRICULA
Aprovecha la oportunidad para inscribirte a nuestro Curso de repaso final para el examen de la JNJ, y llévate de regalo el siguiente libro a los que se inscriban hasta el 5 de junio de 2025:
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- Un ejemplar en tapa dura del Código Penal con jurisprudencia relevante y actual (edición 2025)
IMPORTANTE: El alumno deberá enviar la foto o imagen del voucher al whatsapp 921492114 o al correo [email protected], indicando el nombre del curso, su nombre completo, DNI, celular, correo electrónico, dirección detallada (departamento, provincia y distrito) y comprobante de pago que prefiere (boleta o factura).
Para más información puede dejar su WhatsApp o enviar directamente un mensaje al 920528917. También puede escribir al correo [email protected]
![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Cámara Gesell: El desarrollo desordenado y en momentos contrapuestos de la narración de la menor se encuentra justificado por sus limitaciones psicológicas y mentales, las que no la inhabilitan para percibir el mundo exterior al momento de dar cuenta de forma contundente del abuso sexual sufrido, aunque con un relato limitado pero efectivo [Casación 1211-2017, Ica, f.j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/01/Camara-Gesell-3-LP-218x150.jpg)
![Las máximas de la experiencia no son hechos, sino definiciones o juicios hipotéticos de contenido general procedentes de la experiencia, pero independientes de los casos particulares de cuya observación se han inducido y que, por encima de esos casos, pretenden tener validez para otros nuevos; es obvio que, si tales máximas de la experiencia requieren de especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, han de ser aclarados a través de la prueba pericial [AP 03-2023/CIJ-112, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

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