El juez supremo Saúl Peña Farfán votó a favor de dictar 18 meses de prisión preventiva, tras evaluar el requerimiento en una audiencia suscitada el miércoles 20, contra la suspendida fiscal Elizabeth Peralta Santur.
El 8 de noviembre, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, presidida por el juez César San Martín Castro, no llegó a un acuerdo en torno a un pedido de apelación. En dicha audiencia, se requerían cuatro votos para dictar la prisión preventiva.
Sin embargo, solo hubo dos votos a favor de esta medida y se recogieron otros tres en apoyo a confirmar la comparecencia con restricciones. Por ello, el tribunal acordó llamar al juez Peña Farfán para dirimir el recurso de apelación. Tras su decisión, el Poder Judicial convocará a un nuevo magistrado para definir, finalmente, la imposición de la medida cautelar.
Peralta Santur es investigada por los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho pasivo específico en el marco de un proceso que también alcanza a Andrés Hurtado, expresentador de televisión —conocido como ‘Chibolín’— hoy en prisión preventiva, y al empresario Javier Miu Lei.
Tesis fiscal
Como primer hecho, la Fiscalía postula una presunta devolución a Miu Lei, por intermedio de Peralta Santur, de unos lingotes de oro. Aparentemente, se realizó una supuesta entrega de500 mil dólares ―por la restitución del mineral― realizada en la casa de Hurtado Grados, quién habría sido el responsable de conectar a Miu Lei con la fiscal superior.
En el segundo hecho, se presume la entrega de 80 mil dólares a Peralta Santur para la apertura de una investigación por presunto lavado de activos. El agraviado habría sido Jimmy Pflücker Pinillos, quien era competencia directa de las actividades comerciales de Miu Lei.
Finalmente, el tercer hecho imputado es la presunta entrega de 20 mil dólares a la suspendida fiscal. Esta transacción se habría realizado con el fin de evitar la continuidad de una investigación por lavado de activos contra Quantico Servicios Integrados S.A.C, empresa de Iván Siucho Neira.
Mira la transmisión de la audiencia aquí.
EL VOTO DEL SEÑOR JUEZ SUPREMO PEÑA FARFÁN ES COMO SIGUE:
Lima, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro
AUTOS Y OÍDO EL INFORME ORAL, y considerando:
Primero. Generación de discordia
Por auto del ocho de noviembre de dos mil veinticuatro1, se declaró la discordia como consecuencia de que tres señores jueces supremos —San Martín Castro, Luján Túpez y Sequeiros Vargas— votaron porque se declare infundado el recurso de apelación y, en consecuencia, se confirme el auto apelado en el extremo que dictó mandato de comparecencia con restricciones a la imputada Luz Elizabeth Peralta Santur; en tanto que dos señoras juezas supremas —Altabás Kajatt y Carbajal Chávez— emitieron su voto porque se declare fundado el recurso de apelación y, en consecuencia, revocando y reformando el auto apelado, se dicten dieciocho meses de prisión preventiva contra la antes citada encausada.
El punto que motivó la discordia se centra en si está razonablemente acreditado el peligro de obstaculización, ya que, en cuanto al cumplimiento de los demás presupuestos, se ha establecido la existencia de suficientes elementos de convicción que dan cuenta en grado de sospecha vehemente o grave de la comisión de los hechos catalogados como configurativos de los delitos de tráfico de influencias y cohecho activo, lo que acontece también respecto al requisito de la prognosis de la pena superior a cinco años.
[Continúa…]

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