La Junta Nacional de Justicia (JNJ) entrevistó al abogado Wilver Caballero Condori, postulante a la plaza de juez especializado de trabajo del distrito judicial del Cusco. Durante su intervención, el letrado, quien actualmente se desempeña como gerente regional de trabajo y promoción del empleo en dicha región, enfatizó que su principal estrategia para reducir la carga procesal en el Poder Judicial sería potenciar la conciliación y la negociación colectiva.
Aunque reconoció no contar con experiencia previa laborando directamente en el Poder Judicial, destacó su trayectoria pasada como fiscal adjunto provincial penal y su profunda especialización tanto en el régimen laboral público como en el privado. En el desarrollo de su evaluación técnica, Caballero Condori mostró una postura favorable hacia la Ley Servir, argumentando que es una normativa vital para promover la meritocracia en el Estado y lograr que los mejores profesionales se incorporen al servicio de la nación.
No obstante, frente a las críticas de diversas organizaciones gremiales sobre la presunta subjetividad en las evaluaciones de desempeño, propuso optimizar estos mecanismos para garantizar que sean estrictamente objetivos y no dependan de la discrecionalidad del superior jerárquico. Asimismo, el candidato respaldó sus competencias académicas detallando que cuenta con una maestría en derecho laboral y estudios de doctorado concluidos.
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El control constitucional, las ONG y los laudos arbitrales
Como enfoque principal del debate dogmático y jurídico durante la audiencia, uno de los magistrados interpeló al candidato con la siguiente interrogante: ¿El control de constitucionalidad es el pilar de la agenda progresista?. Ante esta consulta, el postulante respondió de manera negativa, explicando que el sistema de control constitucional, específicamente el control difuso, encuentra sus verdaderos orígenes históricos en Estados Unidos con el célebre caso Marbury versus Madison, cimentándose en el principio de supremacía constitucional y no en una filosofía política reciente. Pese a ello, reconoció que la administración de justicia a veces se ha politizado y coincidió con el miembro en que, de manera constatable, diversas ONG dedicadas a la defensa de derechos fundamentales operan bajo una marcada ideologización política.
Es precisamente al analizar nuestra estabilidad institucional, las posturas ideológicas y el diseño normativo del Estado peruano cuando suele aflorar en los foros académicos la recurrente pregunta de ¿por qué tenemos tantas constituciones? (Es indispensable aclarar a los lectores que esta interrogante específica sobre la multiplicidad de constituciones no fue formulada ni mencionada durante la entrevista documentada en las fuentes proporcionadas, constituyendo una adición externa a la transcripción que usted podría desear verificar de forma independiente).
Esta reflexión externa, sin embargo, se entrelaza de forma interesante con el escrutinio sobre el pasado político del candidato, quien confirmó ante el pleno haber ejercido como miembro regional del Cusco entre 2007 y 2010 por el hoy extinto movimiento regional Pachacútec. Finalmente, la entrevista abordó aspectos estrictamente procesales vinculados a la judicialización de los conflictos colectivos.
Caballero Condori detalló que la actual Ley Procesal del Trabajo regula una pretensión especial para la impugnación de laudos arbitrales de contenido económico, la cual resulta procedente solo cuando el laudo es contrario a la ley o contraviene las propuestas finales de las partes involucradas. El postulante diferenció de manera técnica esta figura de la anulación general contemplada de forma supletoria en la Ley General del Arbitraje, dando con ello por concluida su participación en la ronda de entrevistas del miembro.
Para acceder al vídeo de la entrevista clic AQUÍ.
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