El uso de los nombres de nacimiento y de matrimonio está sujeto a distintas prácticas según la cultura, sobre todo al hacer ciertos cambios a su nombre al momento de casarse. El nombre de casado(a) consiste en sustituir o agregar el apellido de la persona con quien se contrajo matrimonio a su nombre de soltero(a), que representa el apellido de su familia de origen. Las españolas y portuguesas conservan sus dos apellidos previos al matrimonio.
El término «nombre de nacimiento» a veces se utiliza específicamente como un sustituto masculino o neutral para el «nombre de soltera», pero también se aplica para incluir el nombre de familia de la madre biológica de un niño adoptado al nacer, o en relación con un cambio de nacionalidad o por una variedad de circunstancias poco comunes.
Otra distinción se da cuando el «nombre de nacimiento» puede referirse a un apellido de familia, un nombre completo o presumiblemente un nombre otorgado de manera aislada.
Normalmente, un cambio de nombre requiere de un proceso legal. Sin embargo, en algunas jurisdicciones, cualquier persona que se casa o se divorcia puede cambiar su nombre si lo desea. Tradicionalmente, en los países angloparlantes de occidente, solo las mujeres hacen esto, pero en ocasiones también los hombres cambian sus apellidos al contraer matrimonio.
En la mayoría de los países de lengua árabe, las mujeres mantienen desde su nacimiento sus nombres familiares y no cambia sus nombres familiares por los de la familia de su esposo. Esto es también una práctica muy común: que las mujeres musulmanas de todo el mundo, a excepción de las mujeres musulmanas del sur de Asia, tomen un nombre doble o adopten el de su marido. En algunos matrimonios de Medio Oriente, sin embargo, la mujer adopta el apellido del marido (especialmente en las familias cristianas).
Desde la Revolución Francesa (1789), la ley estipula que «nadie puede utilizar un nombre distinto al que ha recibido en su acta de nacimiento». Sin embargo, la revisión de 1996 a la Constitución garantiza que «hombres y mujeres tienen igualdad de derechos», incluyendo el uso de su nombre de nacimiento. En Francia y en la provincia francófona de Quebec, en Canadá, una mujer legalmente conserva su nombre de soltera al casarse (nom de jeune fille). Con su nombre original puede abrir una cuenta bancaria, firmar documentos y obtener pasaporte, entre otros procedimientos. Sin embargo, el matrimonio le otorga el derecho a asumir el apellido de su cónyuge y es una práctica común que las mujeres casadas usen el apellido de su esposo para todos sus documentos, oficiales o no, aunque no hay un proceso oficial que formalice su uso. El artículo 264 del Código Civil francés estipula que «al momento de un divorcio, ambos cónyuges pierden el derecho a usar el apellido del otro».
Por otro lado, debo contarles que a mi mami cuando le preguntaban su nombre, ella muy contenta y orgullosa decía y dice el apellido de casada, ya que optó por cambiar su apellido materno por el apellido de su esposo (mi querido padre).
Este hecho con relevancia jurídica se encuentra regulado dentro de nuestro marco jurídico nacional, exactamente en el Código Civil, artículo 24:
La mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio. Cesa tal derecho en caso de divorcio o nulidad de matrimonio. Tratándose de separación de cuerpos, la mujer conserva su derecho a llevar el apellido del marido. En caso de controversia resuelve el juez.
Esto significa que una mujer, al contraer matrimonio, tiene dos opciones para escoger, en cuanto al apellido que desea llevar. Por un lado, puede seguir llevando únicamente sus apellidos de soltera o si decide puede agregar el apellido de su esposo a sus apellidos paterno y materno.
Advertimos que la norma usa la palabra “puede”. Esto no significa que se “debe” agregar el apellido de su esposo a sus apellidos de soltera, sin embargo, en la realidad ocurre hechos distintos a lo regulado en la normatividad civil vigente.
Esta opción ha sido establecida últimamente por el Reniec, que decidió que sólo las mujeres que se casaron en años anteriores y en cuya Libreta Electoral figuraba el apellido paterno seguido del apellido del esposo pueden continuar llevando su apellido en esta forma.
Cuando haces una modificación relacionada con tu estado civil se debe emitir un DNI nuevo, para que los datos correctos aparezcan impresos en tu documento. Dependiendo de tu caso, además de realizar el pago correspondiente, deberás presentar otros documentos para hacer el cambio de estado civil.
Si eres mujer, estás casada y deseas adicionar el apellido de tu esposo, debes presentar la copia certificada del acta de matrimonio civil.
![URGENTE: Ahora una Sala Suprema inaplica la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad), vía control de convencionalidad y constitucionalidad [RN 948-2023, CSNJPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad documental: minuta ingresada a la notaría con número de kárdex sigue siendo un documento privado si no culmina el trámite de elevación a escritura pública; el kárdex solo le otorga fecha cierta y no naturaleza pública al documento [Queja Excepcional 229-2025, Lima, FF. JJ. 11, 12, 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La carencia del SOAT representa el incumplimiento de un deber de cuidado legal que genera responsabilidad civil en el conductor de un vehículo [Casación 720-2022, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si el evento dañoso fue producido por la exposición imprudente de la víctima (concausa), el juez deberá reducir proporcionalmente el monto indemnizatorio en mérito al art. 1973 CC [Casación 720-2022, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Doctrina jurisprudencial: El límite normativo de conservación de los registros de asistencia por el plazo de cinco años, no constituye un supuesto de caducidad probatoria en el fuero judicial, ni exime al empleador de su ineludible deber de colaboración; si el trabajador aporta prueba indiciaria sobre la prestación histórica de labores en sobretiempo, la negativa del empleador a exhibir los controles de asistencia amparándose en el transcurso del plazo legal de conservación documental, constituye una inconducta procesal que activa inexorablemente la presunción judicial a favor del laborante [Casación 36773-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Pago del arrendatario luego de la comunicación del vencimiento del contrato y requerimiento de la devolución del bien no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento [Casación 300-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-civil-posesion-bienes-ocupacion-separacion-divorcio-venta-alquiler-inquilino-impuesto-pago-LPDerecho-218x150.png)
![Reconocimiento de la bonificación del 30% sobre la remuneración mensual a personal técnico en enfermería por la prestación de servicios permanentes en zonas rurales y urbano-marginales [Casación 881-2012, Amazonas, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Si el estatuto prohíbe la reelección sin mayores distinciones, ¿un directivo puede postular a cargo distinto? No puede realizarse distinción alguna en cuanto a si la reelección es respecto de la calidad de miembro o en atención al cargo que ocupa, si el estatuto habiendo prohibido reelección no la realiza [Resolución 2008-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/representante-de-una-asociacion-irregular-sin-acta-de-constitucion-ni-estatuto-tiene-legitimidad-para-solicitar-nulidad-de-actos-celebrados-LPDerecho-218x150.png)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)


![Las firmas escaneadas en los recursos de apelación reflejan la voluntad del impugnante o su representante, cumpliendo así con el requisito de admisibilidad respectivo, en tanto no sean desvirtuadas por alguno de ellos [Acuerdo de Sala Plena 03-2025/TCP, acdo. 1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Directiva que regula el servicio de seguridad y protección a funcionarios públicos, dignatarios y personalidades [Resolución Ministerial 0692-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL2-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Para inscribir el cambio de domicilio de una sociedad en el Registro de una Oficina Registral distinta a aquella donde está inscrita la sociedad, no se requiere presentar una nueva escritura pública de modificación de estatutos, puesto que dicha información ya forma parte del archivo registral [Res. 2242-2026-SUNARP-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las firmas escaneadas en los recursos de apelación reflejan la voluntad del impugnante o su representante, cumpliendo así con el requisito de admisibilidad respectivo, en tanto no sean desvirtuadas por alguno de ellos [Acuerdo de Sala Plena 03-2025/TCP, acdo. 1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Criterios a aplicar cuando se cuestione la autenticidad de la firma contenida en escritos presentados por las partes en un procedimiento de impugnación [Acuerdo de Sala Plena 03-2025/TCP, acdo. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![URGENTE: Ahora una Sala Suprema inaplica la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad), vía control de convencionalidad y constitucionalidad [RN 948-2023, CSNJPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-100x70.jpg)
![Ordenan a Sala Superior analizar si la cuestión probatoria restringe que los medios probatorios ofrecidos solo sean de actuación inmediata [Casación 1040-2017, Piura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/10/ordenan-a-sala-superior-analizar-si-la-cuestion-probatoria-restringe-que-los-medios-probatorios-ofrecidos-solo-sean-de-actuacion-inmediata-LPDerecho-324x160.jpg)