[VÍDEO] Ejecución de sentencias laborales contra empresas privadas y estatales

El juez supremo Héctor Lamas More entrevistó a Angel Ramos Rivera, juez especializado en derecho laboral, sobre la ejecución de sentencias laborales contra empresas privadas y estatales.

Ramos Rivera precisó las diferencias entre la ejecución de sentencias en empresas privadas y en empresas estatales.

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Empresas públicas

Sobre esto, el juez señaló que existen pocas entidades públicas con el presupuesto para cancelar los costos adicionales originados de una sentencia judicial: “Lo primero que debe hacer (una empresa pública) es verificar su presupuesto. Si lo tiene, debe pagarlo (…). Hay pocas entidades públicas que tienen el presupuesto necesario para hacer frente a las contingencias que le ocasiona una sentencia”, opinó el entrevistado.

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Sobre esto, agregó que el Tribunal Constitucional fijó en cinco años el plazo máximo para que una empresa estatal le pague al denunciante el monto consignado en una sentencia. En esa línea, indicó que de no pagar, el denunciante podría solicitar la ejecución forzada: el embargo.

Tras ese comentario, Lamas More preguntó sobre los bienes que puede embargar el Estado: “Es la labor del juez detectar las cuentas de dominio privado y las de dominio público. Es muy difícil, pues no existe información sobre este tema (…). Es muy poca la información que se recibe de parte de los funcionarios de esas entidades sobre este tema”, respondió el entrevistado.

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Empresas privadas

Respecto a este tema, el juez explicó que hay empresas que inician procesos de liquidación que complican la ejecución de la sentencia. Frente a este escenario, se podrían perseguir los bienes, detectar si estos han sido transferidos a otras personas, señaló Ramos. Solo así se podría ejecutar la sentencia para que el trabajador reciba su dinero.

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Finalmente, ambos magistrados comentaron la importancia del embargo electrónico: “En este tipo de embargo, el juez emite la resolución, el secretario la visa y en el día notifica a todas las instituciones bancarias para que se ejecute”. Sobre esto, también dijo que cuando el procedimiento culmina, solo queda esperar que el dinero de la empresa sea retenido y transferido al Banco de la Nación.

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Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.