La sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser humano. Su desarrollo pleno depende de la satisfacción de las necesidades humanas básicas como el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer, ternura y amor. Esta es construida a través de la interacción entre el individuo y las estructuras sociales. El desarrollo pleno de la sexualidad es esencial para el bienestar individual, interpersonal y social.
Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad inherente, dignidad e igualdad para todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico.
Para asegurarnos de que los seres humanos desarrollen una sexualidad saludable, los derechos sexuales deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por todas las sociedades de todas las maneras.[1]
La salud sexual es el resultado de un ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales, que fueron reconocidos en la Declaración del 13º Congreso Mundial de Sexología (Valencia, España), revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) el 26 de agosto de 1999, en el 14º Congreso Mundial de Sexología (Hong Kong, República popular China) y son los siguientes:
- El derecho a la libertad sexual: Abarca la posibilidad de los individuos de expresar su potencial sexual. Esto excluye todas las formas de coerción sexual, explotación y abuso en cualquier tiempo y situaciones de la vida.
- El derecho a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del cuerpo sexual: Involucra la habilidad de tomar decisiones autónomas sobre la vida sexual de uno dentro de un contexto de la propia ética personal y social. También incluye el control y el placer de nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
- El derecho a la privacidad sexual: Involucra el derecho a tomar decisiones individuales y conductas sobre la intimidad siempre que ellas no interfieran en los derechos sexuales de otros.
- El derecho a la equidad sexual: Se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o invalidez física o emocional.
- El derecho al placer sexual: El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es una fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
- El derecho a la expresión sexual emocional: La expresión sexual es más que el placer erótico en los actos sexuales. Cada individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.
- El derecho a la libre asociación sexual: Significa la posibilidad de casarse o no, de divorciarse, de convivir y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsable.
- El derecho a hacer opciones reproductivas, libres y responsables: Abarca el derecho a decidir sobre tener niños o no, el número y el tiempo entre cada uno, y el derecho al acceso a los métodos de regulación de la fertilidad.
- El derecho a información basada en el conocimiento científico: La información sexual debe ser generada a través de un proceso científico y ético, y difundido en formas apropiadas en todos los niveles sociales.
- El derecho a la educación sexual comprensiva: Este es un proceso que dura toda la vida desde el nacimiento y debería involucrar a todas las instituciones sociales.
- El derecho al cuidado de la salud sexual: El cuidado de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y desórdenes sexuales.
La declaración de los derechos sexuales tuvo un gran impacto desde su lectura en la clausura del congreso. Numerosos medios de comunicación, entre ellos CNN, hicieron eco de la noticia. El texto no hizo más que recoger el sentir de tantas personas en el mundo que sufrían por la falta de derechos y aspiraban a tener una sexualidad libre, responsable y gratificante.
Su impacto ha sido muy importante en todo el mundo. Si realizamos una búsqueda en Google sobre este aspecto vemos que hay más de 1 800 000 entradas sobre el tema. Como se ha comentado, la iniciativa y elaboración de los derechos sexuales surge en la WAS (Asociación Mundial para la Salud Sexual), asociación que agrupa a la mayor parte de los profesionales de la sexología en el mundo.
La WAS se dedica a la promoción de los derechos sexuales en todo el mundo. Entendiendo que los derechos sexuales son derechos humanos universales e inalienables que pertenecen a cada ser humano único, independientemente de sexo, su orientación sexual o preferencias.
Para cumplir esta función la WAS cuenta con el Comité de Derechos Sexuales (SRC), encargado de supervisar y responder a las violaciones de los derechos sexuales en todo el mundo y proporcionar asesoramiento basado en la evidencia sobre el tema. Este Comité fue fundado en 1997 por Juan José Borrás Valls y María Pérez-Conchillo en España. El ejercicio responsable de los derechos sexuales requiere el respeto a los derechos de las demás personas.[2]
Estos derechos sexuales los podemos analizar en relación al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en cuyo artículo 10º se refiere al derecho de las personas a formar una familia, que debe tener la más amplia protección y asistencia posibles, así como a contraer matrimonio a partir de un libre consentimiento.
El derecho a la libertad de asociación sexual
Dentro de este derecho reconocido existen varias expresiones o manifestaciones, entre ellas tenemos, la posibilidad de casarse o no, la posibilidad de divorciarse, la posibilidad de convivir y la posibilidad de establecer otros tipos de asociaciones sexuales. Para el presente punto, desarrollaré la posibilidad de divorciarse.
Muchas veces, al mencionar la figura jurídica del divorcio, se piensa que es una tragedia, otros piensan que es un remedio y hay personas que dicen que es una figura legal que no se debe usar. Sin embargo, opino que esta etapa por la cual muchos matrimonios viven o están en camino de seguir, no debe ser vetada por la sociedad y mucho menos pensar que es algo negativo para nuestra vida.
Por el contrario, el divorcio es una expresión de uno de los derechos sexuales que tiene toda persona y que ha sido reconocidos a nivel internacional como el DERECHO NUMERO SIETE, que señala LA LIBRE ASOCIACIÓN SEXUAL. Este derecho sexual a su vez en un derecho humano universal reconocido por la comunidad internacional y que se detalla en el libre acceso y efectivo al divorcio, sin barreras morales y administrativas que lo dificulten.
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