Destituyen a fiscal que «asesoró y preparó» a la abogada de un procesado por organización criminal

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó a un fiscal adjunto de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Piura por «colaborar» con los integrantes de una organización criminal, «asesorar» a la abogada de uno de los procesados e ingresar a las instalaciones de la Fiscalía para «extraer» documentación.

En el referido caso, el Ministerio Público incautó el celular de una letrada, la cual ejercía la defensa legal de un integrante de la organización criminal Los impostores de la reconstrucción. En el dispositivo, las autoridades encontraron mensajes entre la abogada y el fiscal ahora destituido.

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Las conversaciones señalaban que el entonces funcionario «preparó y asesoró» a la señalada abogada para una audiencia de tutela de derechos. Por ello, recibió una contraprestación de S/3000, suma que habría provenido del presunto cabecilla de la organización.

Como medio probatorio, el 11 de enero de 2019, se realizó la «visualización y reconocimiento de los chats» entre el fiscal y la abogada. En ellos, se apreció una conversación relacionada con una audiencia de tutela de derechos, fechada el 8 de enero de 2019:

Fiscal: Por eso. Ya aplazar implica que van a pedir prisión
Abogada: Dice que la Diviac no tiene oficina
Fiscal: Sabes, entonces, refuerza tu teoría
Abogada: Y por eso no se les debió notificar en Piura sino en Lima. Por eso la mandaron para el jueves.
Fiscal: Son policías. Son de Lima, como más razón [sic.] No se trata de flagrancia
Abogada: No entendí
Fiscal: Que como policías de Lima se enteran de eventos privados de Piura. Bueno, amiga, ponte a leer, sobre todo el Acuerdo Plenario 01/2017.

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Días después, el domingo 13 de enero a las 2:00 a. m., «sin motivo alguno», el fiscal pretendió ingresar a su oficina en compañía de un efectivo policial. De acuerdo a la instancia, esta acción habría tenido como finalidad «extraer documentos de su despacho», antes de que se efectúe una visita programada de la Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI).

Por lo señalado, en enero de 2019, dicha instancia abrió un procedimiento disciplinario en contra del fiscal y, en septiembre de ese año, propuso su destitución. En esa línea, en diciembre de 2020, la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público también propuso la misma medida, la cual fue finalmente ratificada por la Junta Nacional de Justicia.

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Descargo del fiscal

El fiscal, además de denunciar la interferencia telefónica de su número de celular, afirmó que no tenía relación alguna con organizaciones criminales ni con casos que lo vincularan a ese tipo de delitos. Explicó que se le atribuía una conducta extraprocesal, la cual no estaba vinculada a sus funciones como fiscal.

Asimismo, señaló que la ODCI de Piura no le notificó la resolución que proponía su destitución y que dicha instancia le ocultó documentos relacionados con las imputaciones en su contra. Por su parte, la abogada implicada, mediante una declaración jurada, manifestó que nunca se comunicó con el fiscal.

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La instancia sancionadora desestimó los argumentos del fiscal y, tras un análisis de las pruebas, concluyó que los hechos ocurrieron como se plantearon en las recomendaciones de destitución. Además, precisó que el fiscal fue debidamente notificado a lo largo de todo el procedimiento administrativo.

La JNJ, en el documento sancionatorio, declaró improcedentes los pedidos de reconsideración por haber sido presentados de forma extemporánea, dejando firme la destitución.


Junta Nacional de Justicia

Resolución N.° 146-2022-PLENO-JNJ
P.D. N.° 042-2021-JNJ
San Isidro, 14 de noviembre de 2022

VISTO;

El procedimiento disciplinario abreviado seguido al señor XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX por su actuación como fiscal adjunto provincial titular de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Distrito Fiscal de Piura; y,

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES:

1. Los actos relacionados al presente proceso disciplinario (PD) se relacionan con las siguientes conductas atribuidas al investigado:

    • Haber colaborado con los integrantes de la organización criminal denominada Los impostores de la reconstrucción;
    • Haber preparado y asesorado a la abogada XXXX XXXX XXXX respecto a la defensa técnica que ésta realizó en la audiencia de tutela de derechos desarrollada el 08 de enero de 2019, recibiendo como contraprestación la suma de tres mil soles; y,
    • Haber pretendido ingresar a las instalaciones del Ministerio Público el domingo 13 de enero de 2019, a las 2:00 horas, y en horas de la tarde del mismo día, sin motivo alguno, pretendiendo extraer la documentación de su Despacho, antes de recibir la visita programada por la ODCI Piura.

2. Mediante la Resolución N.° 02-2019-MP-FN-ODCI-PIURA[1] del 16 de enero de 2019 la jefa de la ODCI de Piura abrió procedimiento disciplinario contra el señor XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, como fiscal adjunto provincial titular de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Distrito Fiscal de Piura.

3. La Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI) del Distrito Fiscal de Piura, mediante la Resolución N.° 095-2019-MP-FN-ODCI-PIURA[2], del 06 de setiembre de 2019, declaró fundado el procedimiento administrativo disciplinario seguido contra el abogado XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX y propuso que se le imponga la sanción de destitución.

La ODCI se pronunció en el sentido antes mencionado, al concluir que el investigado infringió los deberes previstos en los numerales 1), 4), 9), 11), 15), 16), 20) y 22) del artículo 33 de la Ley N.° 30483, Ley de la Carrera Fiscal; con lo que, además, estaría incurso en la comisión de las faltas disciplinarias muy graves previstas en los numerales 6), 13) y 15) del artículo 47 de la Ley de la Carrera Fiscal.

4. La Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público, mediante la Resolución N.° 076-2020-MP-FN-JFS[3], del 11 de diciembre de 2020, propuso a la Junta Nacional de Justicia la aplicación de la sanción de destitución del investigado.

5. La Secretaria de la Junta de Fiscales Supremos (JFS), mediante el Oficio N.° 107-2021-MP-FN-SJFS[4], del 27 de enero de 2021, remitió a este Organismo Constitucional Autónomo la Resolución N.° 076-2020-MP-FN-JFS y actuados correspondientes.

II. CARGOS IMPUTADOS AL INVESTIGADO

6. Mediante la Resolución N.° 655-2021-JNJ, del 18 de octubre de 2021, la Junta Nacional de Justicia – JNJ dispuso abrir procedimiento disciplinario abreviado al señor XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX. Esta decisión fue notificada al citado investigado en su correo electrónico institucional el 15 de noviembre de 2021 y, en su domicilio, el 16 de noviembre de 2021.

[Continúa…]

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[1] Folias 591 a 617.

[2] Follas 933 a 1004.

[3] Folio 1389 a 1393.

[4] Folio 1399.

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