El exministro del Interior Juan José Santiváñez, censurado por el Congreso hace menos de un mes, fue nombrado jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial. Su designación fue oficializada este jueves 17 de abril a través de la Resolución N.º 000024-2025-DP/SGDP, publicada en El Peruano.
Según la norma, el nombramiento se realiza “conforme a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial” y en el marco de la Ley 31419, que regula la designación de funcionarios en cargos de confianza. La resolución también deja sin efecto la designación anterior.
La oficina que ahora dirige Santiváñez tiene a su cargo el seguimiento de las políticas públicas y la coordinación intergubernamental para recabar información sobre su avance. También brinda asesoramiento técnico a las unidades del Despacho Presidencial para el desarrollo de la agenda de gobierno.
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Designan jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN N° 000024-2025-DP/SGDP
Lima, 16 de abril de 2025
VISTOS: El Memorando N° 000093-2025-DP/SGDP de la Secretaría General del Despacho Presidencial; el Memorando N° 00321-2025-DP/SSG de la Subsecretaría General; el Informe N° 000167-2025-DP/OGRH emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000199-2025-DP/OGRH-UFGEC de la Unidad Funcional de Gestión del Empleo y Compensaciones; el Informe N° 000458-2025-DP/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 000100-2025-DP/OGAJ y el Informe Legal N° 000060-2025-DP/OGAJ-SSS de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza;
Que, el artículo 79 de la citada Ley, dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad, se establece a través de un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa;
Que, el artículo 1 del Reglamento la Ley Nº 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, tiene por objeto establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la citada Ley; precisando en el numeral 2.1 del artículo 2 que: “Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”;
Que, el artículo 161 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modificatorias, establece que la incorporación al servicio civil se puede realizar bajo las modalidades de concurso público, contratación directa y cumplimiento de requisitos de leyes especiales; y, agrega que una vez aprobada cualquiera de ellas, el inicio del vínculo se formaliza ya sea con la emisión de una resolución administrativa o con la firma de un contrato, dependiendo al grupo al que corresponda; asimismo, señala que con la formalización del vínculo se define la fecha de ingreso al servicio;
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Que, el literal a) del artículo 178 del citado Reglamento establece que la contratación directa procede para contratar a los servidores de confianza y solo se requiere la verificación por parte de la entidad del cumplimiento del perfil de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia, sin perjuicio que, de considerarlo conveniente, la entidad establezca otros medios o instrumentos de selección, siempre que los mismos estén debidamente identificados en el aviso de convocatoria. El incumplimiento de los perfiles conlleva a sanción para la entidad conforme al Decreto Legislativo Nº 1023;
Que, mediante el Memorando N° 000093-2025- DP/SGDP, de fecha 08 de abril de 2025, la Secretaría General del Despacho Presidencial en mérito a la nueva estructura orgánica y funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial, propone la designación del señor Juan José Santivañez Antúnez como jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000114-2024-SERVIR, que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Despacho Presidencial y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Despacho Presidencial, modificado mediante la Resolución N° 000045-2025-SERVIR, se formalizó la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE del Despacho Presidencial, el cual consideró con el Código de Puesto DP00014 en la Posición (correlativo) N° 0014 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), el puesto de Jefe(a) de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial;
Que, mediante la Resolución N° 000057-2024-DP/ SSG, se aprueba la Sección N° 1 del Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Despacho Presidencial, modificada mediante la Resolución N° 000037-2025-DP/SSG, de fecha 07 de abril de 2025;
Que, la Oficina General de Recursos Humanos, por el documento de vistos valida los términos del Informe N° 000199-2025-DP/OGRH-UFGEC de la Unidad Funcional de Gestión del Empleo y Compensaciones, y contando la opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal por parte de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en el informe de vistos, informa el resultado de la evaluación requerida por la Alta Dirección con el Currículo Vitae del señor Juan José Santivañez Antúnez;
Que, asimismo, comunica la viabilidad de designarlo bajo los alcances del régimen del Servicio Civil, en la plaza de jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial, al cumplir con los requisitos mínimos establecidos para ocupar el citado cargo, perteneciente al grupo de Directivo Público en la Posición (correlativo) N° 0014 del Cuadro de Puestos de la Entidad bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; asimismo, precisa que dicho puesto ha sido identificado como puesto de confianza en el Registro de Contratación Directa de la entidad y que el mismo se encuentra vacante y presupuestado; además, indica que no se encuentra inhabilitado para ejercer función pública o para contratar con el Estado, por lo que indica que se continúe con el trámite respectivo para la emisión la resolución de designación del señor Juan José Santivañez Antúnez;
Que, a través de los informes de los vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable el proyecto de resolución de la Secretaría General del Despacho Presidencial, que designa al señor Juan José Santivañez Antúnez como jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamental del Despacho Presidencial, bajo los alcances del régimen del Servicio Civil;
Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada ley, se efectúa por Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; adicionalmente, el artículo 7 de la acotada norma, señala que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se disponga una nueva designación o nombramiento de los funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1 de la mencionada Ley;
Que, en virtud al literal k) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Resolución N° 000046-2024-DP/SG corresponde a la Secretaría General del Despacho Presidencial: “Designar a los funcionarios de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción de la entidad, conforme a la normatividad de la materia”;
Con los vistos de la Subsecretaría General, la Oficina General de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y modificatorias; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Resolución N° 000046-2024-DP/SG, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designación DESIGNAR, a partir del 17 de abril del 2025, al señor JUAN JOSÉ SANTIVAÑEZ ANTÚNEZ en el cargo de jefe de la Oficina General de Monitoreo Intergubernamenta del Despacho Presidencial, bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. El vínculo del servidor se rige exclusivamente por el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su reglamento y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
Artículo 2.- Notificación DISPONER que la Oficina General de Recursos Humanos notifique la presente resolución al señor JUAN JOSÉ SANTIVAÑEZ ANTÚNEZ, para los fines correspondientes.
Artículo 3.- Publicación DISPONER que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE ERNESTO VILCHEZ VILCHEZ
Secretario General Secretaría General del Despacho Presidencial
[Continúa …]
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