Estimados colegas, compartimos con ustedes en PDF el Manual del procedimiento administrativo general en el Perú, elaborado por el doctor José María Pacori Cari. Publicado en la Revista Iuris dictio Perú – Especial, volumen II, octubre 2020, pp. 01-55.
PRESENTACIÓN
El Manual que se ofrece condensa las principales instituciones jurídicas del procedimiento administrativo general aplicable supletoriamente a todos los procedimientos administrativos especiales, siendo útil para el “Curso de Especialización Derecho Administrativo, Procedimiento Administrativo Sancionador y Disciplinario del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa en el Perú”, en efecto, los temas que se ofrecen sintetizan lo previsto en el TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo 004- 2019-JUS, poniendo énfasis en las instituciones jurídicas procedimentales de mayor utilidad para la comunidad jurídica.
El Capítulo I establece los principios del procedimiento administrativo, donde encontraremos al principio de legalidad y debido procedimiento administrativo, como esenciales para garantizar el derecho de defensa de los administrados; además, encontraremos los principios de impulso de oficio, verdad material y fiscalización posterior como deberes y facultades de la Administración Pública; los principios constituyen el inicio del procedimiento administrativo.
El Capítulo II analiza al acto administrativo, se establece su definición como declaración administrativa, los requisitos de validez para la existencia del acto administrativo, las causales de nulidad del acto administrativo, lo mismo que su eficacia, que tiene como fuente principal a la notificación, y, dentro de esta, a la notificación personal, muchas veces, mal realizada por la entrega por debajo de la puerta sin observar lo previsto en la Ley 27444.
El Capítulo III estudiaremos el procedimiento administrativo como conjunto de actos y diligencias tendientes a la emisión de un acto administrativo, veremos su inicio a través del ejercicio del derecho de petición, la actividad probatoria (instrucción), las formas de conclusión y su ejecución.
El Capítulo IV corresponde al silencio administrativo, partimos de la clasificación de los procedimientos administrativos, para arribar al procedimiento administrativo de evaluación previa sujeto al silencio administrativo positivo y negativo; especial consideración especial es el procedimiento administrativo de aprobación automática.
El Capítulo V analiza la revisión de oficio de los actos administrativos a través de los siguientes mecanismos: corrección de errores, nulidad de oficio y revocación. Mientras la nulidad del acto administrativo tiene efectos retroactivos, la revocación tiene efectos a futuro; importante es tener en cuenta la notificación imprescindible al administrado afectado.
El Capítulo VI se refiere a los recursos administrativos, que dan lugar al procedimiento recursivo o recursal; tenemos a la reconsideración y apelación como formas del agotamiento de la vía administrativa, el recurso de revisión sólo será aplicable si se establece en un procedimiento administrativo especial; también veremos la queja por defecto de tramitación que no es un recurso administrativo sino un remedio procedimental. De esta manera, esperamos que el presente manual les sea de utilidad.
Arequipa, 7 de octubre de 2020
José María Pacori Cari
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![El «control de una economía o mercado ilegal» comprende también el control del aparato de justicia y de los servicios que este presta, pues dicho control puede traducirse en poder y, adicionalmente, en beneficios económicos (Ley 32108) [Apelación 423-2025, Nacional, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Diferencia entre «debido proceso» y «tutela judicial efectiva» [STC 9727-2005-PHC] Tribunal Constitucional](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Tribunal-constitucional-1-LPDerecho-1-218x150.png)
![Para acceder al crédito fiscal se debe acreditar la trazabilidad plena de las operaciones, no basta solo presentar comprobantes de pago y contratos [Tribunal Fiscal 01654-11-2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/calculadora-finanzas-cuentas-1-LP-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suspenden plazos procesales y administrativos en estos órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 000031-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Aprueban liberación de predios en bloque para la ejecución de obras de infraestructura [DL 1726] Predio](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Predio-casa-terreno-campo-LP-Derecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Apátrida [DL 1725]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)


![La acreditación de la experiencia en la ejecución de obras como requisito de calificación en el marco de un procedimiento de selección, así como, aquella que se presenta ante el RNP debe regirse, cada una por las reglas que le son propias, incluyendo las restricciones que resulten aplicables [Opinión D000009-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-324x160.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-100x70.jpg)
![Cesan por límite de edad a jueza suprema Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana [RA 000016-2026-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-324x160.jpg)
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)