[Posición adoptada: Frente a los tipos penales que presentan circunstancias específicas de agravación, se debe recurrir únicamente a determinar la pena utilizando el sistema de tercios.]
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
ACTA DEL PLENO JURISDICCIONAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
[…]
TEMA I:
DETERMINACIÓN DE LA PENA EN DELITOS CON LA CONCURRENCIA DE CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS DE AGRAVACIÓN
PROBLEMÁTICA:
¿CÓMO SE DEBE DETERMINAR LA PENA EN DELITOS CON LA CONCURRENCIA DE CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS DE AGRAVACIÓN?
PRIMERA PONENCIA: Frente a los tipos penales que presentan circunstancias específicas de agravación, se debe recurrir únicamente a determinar la pena utilizando el sistema de tercios.
SEGUNDA PONENCIA: Cuando se trate de delitos con circunstancias específicas de agravación se debe realizar una sumatoria de la proporción punitiva de cada agravante, a fin de determinar la pena. No se aplica el sistema de tercios.
De acuerdo a las conclusiones arribadas por cada uno de los grupos de trabajo conforme a las Actas de Acuerdo de Grupo respectivas (las mismas que forman parte integrante de la presente acta), se reflejó el siguiente resultado:
-
- Grupo I: Posición 2 por unanimidad.
- Grupo II: Posición 1 por mayoría.
- Grupo III: Posición 1 por unanimidad.
- Grupo IV: Posición 2 por unanimidad.
- Grupo V: Posición 1 por unanimidad.
VOTACIÓN DEL PLENARIO POR LOS MAGISTRADOS SUPERIORES:
- Ponencia 1: 03 VOTOS
Dr. Flaviano Ciro Llanos Laurente
Alfredo Miravat Flores
Ana Mirella Vásquez Bustamante
- Ponencia 2: 03 VOTOS.
Dra. Olga Lidia Inga Michue,
Dra. Gloria Elizabeth Calderón Paredes
Dr. Juan Rolando Hurtado Poma
El resultado de la votación fue en empate, por lo que se realizó la aplicación del voto dirimente de la doctora Ana Mirella Vásquez Bustamante, en mérito a su calidad de Presidenta de la Comisión Organizadora del Pleno Jurisdiccional Distrital en materia penal 2019, ello en conformidad a lo regulado en el Art. 9 de la Guía Metodológica a de Plenos Jurisdiccionales aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; votando por la ponencia número uno.
ACUERDO: Aprobado CON VOTO DIRIMENTE por la Posición 1.
[Continúa…]




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