Crean plazas de Fiscales Provinciales y Adjuntos Provinciales para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que tienen a su cargo las investigaciones del caso Odebrecht
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 012-2017-MP-FN-JFS
Lima, 26 de enero de 2017
VISTOS y CONSIDERANDO:
Que, mediante oficio N° 009-2017-MP-FN, el señor Fiscal de la Nación, solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas, recursos financieros adicionales destinados a financiar la implementación de Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios para la investigación del caso Odebrecht, comprendiendo para ello la contratación de peritos altamente especializados, servicios de traducción, viáticos, acondicionamiento de locales, equipamiento, entre otros.
Lea también: PJ contratará a 320 asistentes y especialistas para reducir carga procesal
Que, con Decreto Supremo N° 007-2017-EF, publicado el 21 de enero de 2017, en el Diario Oficial “El Peruano”, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio Público, para ser destinados a atender los gastos señalados en el párrafo precedente.
Que, mediante oficio N° 098-2017-MP-FN-GG-OCPLAP, el Gerente Central de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, informa de la autorización de partida presupuestal aprobada por el Decreto Supremo antes mencionado, conforme fuera solicitado por el Despacho de la Fiscalía de la Nación; y con tal motivo eleva la desagregación a nivel de Genérica de Gasto para designar fiscales y contratar peritos altamente especializados y personal de apoyo a la función fiscal, así como para la adquisición de bienes, servicios y equipamiento, de acuerdo a los anexos de folios doce (12) los mismos que tendrán una vigencia temporal de diez meses a partir del 01 de febrero al 30 de noviembre del presente año.
Mediante Acuerdo N° 4526, de fecha 26 de enero del 2017 la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria, acordó por unanimidad crear dos (02) plazas de Fiscales Provinciales y veintiún (21) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios a nivel nacional, que tienen a su cargo las investigaciones del caso Odebrecht, cuya vigencia será desde el 01 de febrero al 30 de noviembre de 2017.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y estando a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 4526, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear dos (02) plazas de Fiscales Provinciales y veintiún (21) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que tienen a su cargo las investigaciones del caso Odebrecht, conforme se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución, las mismas que tendrán una vigencia de diez (10) meses, contados a partir del 01 de febrero hasta el 30 de noviembre de 2017.
Lea también: Conoce a los jueces superiores recientemente nombrados que trabajarán en Arequipa
Artículo Segundo.- Facultar al señor Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fiscales que se mencionan en el primer artículo de la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.
Lea también: Caso Odebrecht: PJ dicta prisión preventiva contra exviceministro Jorge Cuba Hidalgo
Artículo Tercero.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, en los que se distribuyan las plazas fiscales creadas en el artículo primero de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 77º literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, para que dispongan las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.
Lea también: Todo lo que debes saber sobre el «caso Odebrecht»
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
1478950-1

![El poseedor también puede ser el agraviado en el delito de daños, al amparo del art. 912 del CC que señala que se presume propietario a quien posee el bien mientras no se pruebe lo contrario [Casación 228-2024, Apurímac, f.j. 3.3-3.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-predio-familia-llave-posecion-juez-LPDerecho-218x150.jpg)
![La variación del título de intervención del imputado no constituye causal de nulidad no genera indefensión si es que no se altera el marco fáctico (juez varió la imputación de instigador a cómplice primario al advertir que el imputado no solo incitó la decisión criminal —robo agravado—, sino que también participó de forma fundamental al proporcionar datos relevantes para la consumación del ilícito) [Casación 555-2022, Ucayali, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)
![Solo es posible observar la acusación por defectos formales una sola vez; no es posible la observación por defectos sustanciales, en cuyo caso procede el sobreseimiento [I Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Moquegua, 2009]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/documentos-carpeta-carga-procesal-notificacion-archivo-papeles-archivos-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![¿Corresponde otorgar licencia con goce de haber a profesionales que asumen cargos en su colegio profesional? [Informe Técnico 00540-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Modifican TUPA del OECE para adecuarlo a nueva Ley de Contrataciones Públicas [Res. D000073-2026-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de Defensa publica proyecto de ley para regular inscripción en el registro y servicio militar [Resolución Ministerial 00389-2026-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/militar-ejercito-acuartelado-estado-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento de formalización de la propiedad informal para agilizar titulación de terrenos ocupados [Decreto Supremo 005-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/venta-casa-terreno-propiedad-construccion-comunidad-campesina-lote-vivienda-civil-LPDerecho-218x150.png)
![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)




![¿Corresponde otorgar licencia con goce de haber a profesionales que asumen cargos en su colegio profesional? [Informe Técnico 00540-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-100x70.jpg)


