Condenan a varón que salió a comprar cuando solo podían transitar mujeres [violación de medidas sanitarias]

El imputado se sometió a la terminación anticipada.

El Juzgado Mixto de Emergencia de Tambopata de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios sentenció a John Frank López Rodríguez a cinco meses de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el mismo período, por el delito contra la salud pública, en la modalidad de contaminación y propagación, subtipo violación de medidas sanitarias.

Lea también: Covid-19: Inpe podrá usar carceletas de cortes de Lima para clasificar internos. Sindicato de trabajadores se opone

La jueza Maribel Nancy Ayala Santos, mediante sistema de videollamada, dispuso la pena suspendida, luego de que, durante la audiencia, López Rodríguez decidiera aceptar su delito y se acogiera a la figura del proceso inmediato por terminación anticipada del proceso.

Lea también: Municipio aprueba multar con 860 soles a vecinos no usen mascarilla al salir de casa

El hecho no solo ocurrió el 29 de marzo del 2020 cuando el sentenciado fue intervenido por personal policial a las 22:11 transitando en la primera cuadra de la av. Tambopata sin tener un pase especial de tránsito y en pleno toque de queda, sino, además, el sábado 4 de abril del 2020 cuando se permitía únicamente el tránsito a las mujeres, el imputado salió de su domicilio a realizar compras desde las 07:00 horas hasta las 17:30.

Lea también: Covid-19: Juez superior titular renuncia al Poder Judicial

Posteriormente, teniendo conocimiento de la prohibición de salir de su domicilio el día domingo, López Rodríguez, el 5 de abril del 2020, salió a la calle a horas 05:00 aproximadamente con la excusa de buscar su llave, permaneciendo innecesariamente fuera hasta las 09:12 horas, circunstancias en que en inmediaciones de la primera cuadra de la av. Tambopata la policía verifica la presencia de un grupo de personas, ordenándoles que ingresen a sus viviendas, haciendo caso omiso el ahora sentenciado.

Lea también: Covid-19: Salud del personal del PJ, MP, etc., prevalece sobre el derecho a ser juzgado en un plazo razonable

El sentenciado tendrá que pagar una caución económica de 500 soles por desacatar las medidas dispuestas por el Ejecutivo para evitar la propagación del coronavirus en el país, así como tendrá que dar cuenta de sus actividades cada dos meses. Finalmente, la magistrada fijó como regla de conducta que el imputado tendrá que leer en su domicilio pautas de prevención de covid-19 e ilustrarse sobre la prevención de esta pandemia y evitar el contagio.

Puerto Maldonado, 08 de abril del 2020.

#YoMeQuedoenCasa

Comentarios: