La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), en el marco de la opinión emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) mediante Informe Técnico 000232-2022-SERVIR-GPGSC, comunicó que se realizarán las siguientes acciones:
a) Habilitar el “Módulo de Creación de Registros CAS en el AIRHSP de las entidades del Sector Público” para la creación de nuevos registros CAS; y,
b) Permitir a las entidades del Sector Público realizar el alta de personal CAS en el AIRHSP. Cabe precisar que para la incorporación de registros en el AIRHSP solicitados por las entidades, se debe considerar de manera obligatoria, entre otros, el crédito presupuestario correspondiente, debiendo seleccionar en el campo motivo de creación: “Financiamiento autorizado según Ley anual de Presupuesto”; asimismo, en el campo “Naturaleza/Vigencia de Registro” seleccionar las opciones: “Indeterminado (Sostenible)” o “Determinado (Temporal)”, según corresponda.
Recordemos que Servir señaló que a partir del día siguiente de la publicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional resulta posible la contratación de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 (CAS) bajo la modalidad de: i) plazo indeterminado o ii) plazo determinado (por necesidad transitoria, confianza y suplencia).
Asimismo, actualmente la contratación por necesidad transitoria no requiere autorización prevista en norma con rango de ley.
Finalmente Servir indicó que con relación a la viabilidad presupuestal para las contrataciones bajo el régimen CAS en el marco del artículo 5 del Decreto Legislativo 1057, correspondía pronunciarse al Ministerio de Economía y Finanzas conforme a sus competencias.
Es así que, mediante el Comunicado 0006-2022-EF, del 9 de marzo de 2022, el Ministerio de Economía y Finanzas habilitó el “Módulo de Creación de Registros CAS aplicativo para el registro centralizado de planillas y de datos de los recursos humanos del sector público (AIRHSP)” para la creación de nuevos registros CAS.
COMUNICADO N° 0006-2022-EF/53.01
A LAS ENTIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS REGIONALES
MÓDULO DE CREACIÓN DE REGISTROS CAS EN EL APLICATIVO PARA EL REGISTRO CENTRALIZADO DE PLANILLAS Y DE DATOS DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL SECTOR PÚBLICO (AIRHSP) DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), en el marco de la opinión emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) mediante Informe Técnico N° 000232-2022-SERVIR-GPGSC (ver informe) sobre la posibilidad de la habilitación para la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, a partir de la publicación de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, recaída en el expediente 0013-2021-AI/TC, comunica que se realizarán las siguientes acciones:
a) Habilitar el “Módulo de Creación de Registros CAS en el AIRHSP de las entidades del Sector Público” para la creación de nuevos registros CAS; y,
b) Permitir a las entidades del Sector Público realizar el alta de personal CAS en el AIRHSP. Cabe precisar que para la incorporación de registros en el AIRHSP solicitados por las entidades, se debe considerar de manera obligatoria, entre otros, el crédito presupuestario correspondiente[1], debiendo seleccionar en el campo motivo de creación: “Financiamiento autorizado según Ley anual de Presupuesto”; asimismo, en el campo “Naturaleza/Vigencia de Registro” seleccionar las opciones: “Indeterminado (Sostenible)” o “Determinado (Temporal)”, según corresponda.
Asimismo, las entidades públicas deben observar las disposiciones contenidas en la Resolución Directoral Nº 0081-2021-EF/53.01 que aprobó la Directiva Nº 004- 2021-EF/53.01, “Normas para el Registro de Información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y, para el caso de la creación de registros CAS a través del módulo referido en el literal a), lo establecido en la Resolución Directoral N° 001- 2020-EF/53.06 «Lineamientos para el uso del Módulo de Creación de Registros CAS en el AIRHSP de las Entidades del Sector Público”.
Finalmente, cualquier consulta respecto a lo antes mencionado pueden comunicarse con los sectoristas de la Dirección de Técnica y Registro de Información de la DGGFRH, cuyo directorio se encuentra detallado en el siguiente enlace: https://www.mef.gob.pe/es/contactenos-recursos-publicos.
Lima, 9 de marzo de 2022
Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos
Viceministerio de Hacienda
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[1] Numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto Supremo N° 153-2021-EF, “Aprueban Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público.”
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