Con once votos a favor y cinco abstenciones, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 10285/2024-CR y 10526/2024-CR, que propone establecer la Ley para la activación obligatoria de la radio de frecuencia modulada (FM) y alertas multicanal en celulares para emergencias.
La iniciativa busca que los dispositivos móviles que cuenten con el hardware para recepción de señal FM tengan obligatoriamente esta función activada al momento de su comercialización.
Asimismo, propone implementar un Sistema Nacional de Alerta Multicanal (SNAM) para emitir comunicaciones de emergencia a través de múltiples medios. El predictamen aprobado establece lo siguiente:
La presente Ley tiene por objeto garantizar el acceso universal, gratuito e irrestricto a mecanismos de comunicación de emergencia, mediante la habilitación permanente de la función de radio FM en dispositivos móviles, la implementación del Sistema Nacional de Alerta Multicanal (SNAM), y el fortalecimiento de la infraestructura de telecomunicaciones, con la finalidad de proteger y asegurar la resiliencia informativa del país ante desastres naturales, sismos, emergencias y crisis nacionales.
El artículo 4 de la ley obliga a fabricantes y comercializadores de equipos móviles a mantener activado el chip de radio FM en todos los dispositivos que lo incluyan, sin posibilidad de ser deshabilitado. Además, se establece que las operadoras deberán garantizar acceso sin restricciones a la señal FM, sin importar el plan contratado por el usuario.
En lo referente a la implementación operativa del Sistema Nacional de Alerta Multicanal (SNAM), la propuesta dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y las operadoras móviles, deberá garantizar un sistema automatizado que permita la emisión de alertas a través de diversos canales simultáneos.
Entre los mecanismos considerados se encuentra el envío prioritario y sin costo de mensajes de texto a los usuarios, la instalación obligatoria de una aplicación oficial de alertas en todos los dispositivos móviles, la transmisión continua de alertas mediante un canal exclusivo de radio FM, así como la interrupción temporal de las señales de radio y televisión para la difusión de mensajes oficiales en situaciones de crisis. También se establece la difusión de las alertas por medio de plataformas digitales del Estado.
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A su vex, se exige que las operadoras de telecomunicaciones garanticen respaldo energético mínimo de 72 horas en zonas de riesgo y se instalen repetidoras en regiones alejadas.
De aprobarse en el Pleno, OSIPTEL será responsable de supervisar el cumplimiento de la activación de la radio FM y la emisión de alertas. Las sanciones por incumplimiento van desde multas administrativas hasta la prohibición de comercializar equipos o, en casos de reincidencia, suspensión de licencias.
El proyecto se ampara en el artículo 2 de la Constitución, que reconoce el derecho a la información, y el artículo 44, que obliga al Estado a garantizar la seguridad de la población. Además, se sustenta en la Ley del SINAGERD (Ley 29664) y el Decreto Supremo 035-2014-MTC, que regula la difusión de alertas de emergencia en medios de comunicación.
La Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV) expresó su respaldo al proyecto, señalando que se trata de una herramienta útil en contextos de emergencia. «Contribuirá al acceso a la información y fortalecerá la seguridad ciudadana», indicó su presidenta, Michelle Szejer Aragonés.
En sentido contrario, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN) advirtió que la medida podría generar sobrecostos en la industria y limitar el acceso a tecnología de última generación. Indicaron que no todos los modelos, especialmente los de gama alta, incluyen el chip de radio FM, y que su habilitación forzada «afectaría a consumidores de menores ingresos».
AFIN también cuestionó la exigencia de 72 horas de respaldo energético para la infraestructura en zonas de riesgo, señalando que «resulta inviable por el déficit eléctrico actual». En lugar de imponer condiciones técnicas, propuso instalar mesas de trabajo para evaluar alternativas regulatorias.
Por su parte, OSIPTEL señaló que no tiene competencia directa en materia de radiodifusión, aunque formuló recomendaciones técnicas. Entre ellas, sugirió que la obligación se limite a celulares con capacidad técnica comprobada y que se excluya la exigencia de habilitación en equipos ya vendidos, por el alto costo logístico que ello implicaría. «Se recomienda que esta disposición se aplique progresivamente, mediante la renovación natural del parque móvil», precisó en su informe técnico.
El dictamen fue aprobado un día después del sismo de magnitud 6.1 registrado en Lima y Callao, uno de los más intensos desde el terremoto de 2007. La congresista Lady Camones reafirmó la urgencia de la medida. «Con esta ley, buscamos que los ciudadanos estén informados en tiempo real cuando los servicios colapsan. La radio puede ser un canal vital en situaciones críticas», declaró.
PREDICTAMEN POR UNANIMIDAD/MAYORÍA RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 10285/2024-CR Y 10526/2024-CR QUE CON TEXTO SUSTITUTORIO PROPONEN LA LEY PARA LA ACTIVACIÓN OBLIGATORIA DE RADIO DE FRECUENCIA MODULADA FM Y ALERTAS MULTICANAL EN CELULARES PARA EMERGENCIAS
COMISIÓN DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2024-2025
Segunda Legislatura Ordinaria
Señor presidente:
Han ingresado para dictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones las siguientes proposiciones de ley:
– Proyecto de Ley 10285/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Alianza Para el Progreso, a iniciativa de la señora congresista Lady Mercedes Camones Soriano, por el que se propone la Ley que obliga a las empresas operadoras y/o comercializadoras a habilitar la función de radio FM de los equipos celulares.
– Proyecto de Ley 10526/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario de Podemos
Perú, a iniciativa del señor congresista Jorge Luis Flores Ancachi y otros, por el que se
propone la Ley de alerta nacional y acceso universal a la información en emergencias y
desastres.
El presente dictamen fue aprobado por unanimidad/mayoría, en la décimo tercera sesión ordinaria de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, realizada en la ciudad de Lima, el 9 de junio de 2025.
Votaron a favor los congresistas …
Votaron en contra los congresistas …
Se abstuvieron …
Presentaron licencia …
I. SITUACIÓN PROCESAL
Han ingresado para estudio y dictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones el:
▪ Proyecto de Ley 10285/2024-CR, presentado al Congreso de la República, el 20 de febrero de 2025. La iniciativa fue decretada a la Comisión de Transportes y Comunicaciones como única comisión dictaminadora1 , con fecha 21 de febrero de 2025.
[Continua…]