URGENTE: Colegio de Abogados reconoce al derecho de la moda y «retail» como nueva especialización del derecho

El Colegio de Abogados de Lima ha reconocido al área de derecho de la moda y retail como una nueva especialización del derecho.


Ilustre Colegio de Abogados de Lima
Dirección de comisiones y consultas

RESOLUCIÓN N° 093-2022-CAL/DCC

Lima, 22 de agosto de 2022.

VISTO:

El Acuerdo N° 572-ACTA-03-08-2022-CAL/JD de la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados de Lima; y

CONSIDERANDO:

PRIMERO.

Que, el artículo 31 del Estatuto del CAL establece que la Dirección de Comisiones y Consultas debe organizar el cuadro anual de las Comisiones Consultivas, Comisiones de Estudio y Comisiones Ejecutivas para su aprobación por la Junta Directiva.

SEGUNDO.

Que, las Comisiones de Estudio tienen por objeto fomentar la especialización entre los miembros de la Orden y contribuir con la profundización del conocimiento sobre una rama, subrama o temática del Derecho, así como con otras disciplinas o ámbitos interdisciplinarios relacionados con la práctica de la abogacía.

TERCERO.

Que, las Comisiones de Estudio colaboran con la gestión institucional en el análisis y la revisión de normas y su aplicación, el desarrollo de casos y otros asuntos de importancia jurídica y promueven la investigación, la divulgación, el debate y la formación continua en su correspondiente área de especialización.

CUARTO.

Que, como resultado de la convocatoria efectuada por la Dirección de Comisiones y Consultas un grupo de miembros activos de la Orden ha manifestado su interés en participar en la Comisión de Estudio de Derecho de la Moda y Retail

Por lo expuesto, el Director de Comisiones y Consultas, conforme a sus atribuciones

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR la Comisión de Estudio de Derecho de la Moda y Retail del Ilustre Colegio de Abogados de Lima para el periodo anual 2022-2023, designando para el efecto a los siguientes miembros de la Orden:

Annalucia Fasson Llosa                       35415 Presidente
Olga Alejandra Alcántara Francia         34342
Rossmery Cristina Barrantes Serrano   70302
Henry Wilder Huanuco Piscohe            45944

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional.

COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.

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