¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre violencia sexual a cargo del especialista Susana Castañeda Otsu, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
La docente Susana Castañeda Otsu es abogada especialista en derecho constitucional y derecho penal. Magister en Derecho con mención en Ciencias Penales por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Con estudios de especialización en la Universidad Complutense de Madrid, dónde obtuvo el grado de doctora en Derecho, en el departamento de Derecho Constitucional y de especialista en Derechos Humanos en el Instituto de Derechos Humanos de la misma casa de estudios. Ha desempeñado diversos cargos como fiscal y jueza, docente de pre y post grado en distintas universidades nacionales. Y docente en la Academia de la Magistratura. Asimismo, autora de diversos libros y artículos especializados en derecho constitucional y derecho penal. Actualmente es jueza superior titular de Lima.
Asimismo, es grato informarles que el especialista Susana Castañeda Otsu formará parte de nuestro panel de expositores en el Diplomado Violencia contra la mujeres e integrantes del grupo familiar. Para más información, clic aquí.
INVITACIÓN
Aprovechamos la oportunidad para informarles que, nuestro Diplomado Violencia contra la mujeres e integrantes del grupo familiar dará inicio el sábado, 17 de enero de 2026. Será un total de 22 sesiones en vivo, que se desarrollarán los sábados Full Day ( 9:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 4:30 p. m.).
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma virtual (virtual.lpderecho.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. Asimismo, contará con un espacio interactivo para realizar sus preguntas en tiempo real. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
HASTA EL 10 DE ENERO LLEVATE DOS LIBROS GRATIS Y PAGO EN DOS CUOTAS
Inscríbete aquí Más información
Esta clase gratuita sobre violencia sexual por Susana Castañeda Otsu, se desarrollará este jueves, 01 de enero de 2026, a las 4:30 p.m.
Si desean recibir las diapositivas pueden completar el siguiente formulario:
INFORMACIÓN DE MATRICULA
Aprovecha la oportunidad para inscribirte a nuestro Diplomado Violencia contra la mujeres e integrantes del grupo familiar, y llévate dos libros gratis para los inscritos hasta el sábado, 10 de enero de 2026:
-
- Los inscritos hasta el 10 de enero recibirán gratis dos libros:
- «Violencia contra la mujer» de la Dra. María Candelaria Quispe Ponce.
- Código Penal de LP con jurisprudencia relevante y actual.
- Los inscritos hasta el 10 de enero recibirán gratis dos libros:
HASTA EL 10 ENERO DOS LIBROS GRATIS Y PAGO EN DOS CUOTAS
Diplomado Violencia contra la mujeres e integrantes del grupo familiar
Inscríbete aquí Más información
También puede realizar su matrícula a través de nuestra aula virtual. Dé clic a “Comprar el diplomado” y se añadirá a su carrito de compras.
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 938912197. También puede escribir al correo [email protected]

![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Peculado doloso por apropiación: No es posible atribuir, de forma conjunta, la ilegalidad de los actos administrativos a todos los funcionarios que intervinieron en el trámite, pues, al ser un delito de infracción de deber, la autoría es individual y recae en cada funcionario que incumple un deber específico [Casación 2160-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de la Mujer incurrió en especial agravio de adulta mayor —con deterioro cognitivo severo, en situación de abandono familiar y pobreza— al impedirle su ingreso oportuno a centro especializado, exponiéndola durante casi un año a enfermedades intrahospitalarias [Exp. 04158-2025-0, f. j. 5.13-5.15, 6.18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-2-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)




![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Modifican Reglamento de la Ley que regula el acceso a la función pública para cargos de libre designación y remoción [Decreto Supremo 145-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/negociacion-colectiva-trabajadores-empresa-oficina-LPDerecho-100x70.png)
![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-324x160.jpg)




![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)