La Asociación de Bancos del Perú emitió un pronunciamiento a través de su portal en el que, entre otras cosas, señala que las entidades del sistema financiero no tenía cómo saber qué empresas estaban siendo pesquisadas por corrupción, ya que las investigaciones penales son de carácter reservado.
Valga apuntar que, conforme a la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, existe una base de datos de empresas investigadas del Ministerio de Justicia.
A continuación compartimos el comunicado que tiene el siguiente título: “Asbanc rechaza tajantemente las insinuaciones de que no se actuó de buena fe en el programa Reactiva Perú”.
Un sistema financiero sólido se basa en la confianza y, para conseguirla y mantenerla, es fundamental la buena fe de todos sus actores. Por ello, rechazamos tajantemente que se cuestione la buena fe de los bancos en su participación en el programa Reactiva Perú.
Las entidades representadas por Asbanc se sumaron a Reactiva Perú y a otras iniciativas del Gobierno, como la entrega de bonos sociales, con la intención de contribuir con el país en una hora crítica, que requiere del esfuerzo, el compromiso y la solidaridad de todos.
Específicamente, Reactiva Perú es un programa diseñado e impulsado por el Gobierno, en el cual las entidades financieras funcionan como una “tubería” de liquidez para que las empresas puedan reponer su capital de trabajo en un contexto de grave emergencia nacional.
Las condiciones, requisitos y exclusiones de Reactiva Perú están contenidos en los decretos legislativos 1455 y 1457, normas refrendadas por el presidente de la República, el presidente del Consejo de Ministros y la ministra de Economía y Finanzas.
De acuerdo con dichos decretos legislativos, los alcances y condiciones para acceder a préstamos del programa Reactiva Perú eran los siguientes:
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No tener deudas tributarias administradas por la Sunat exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) al 29 de febrero de 2020.
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Tener una clasificación de riesgo de “normal” o “con problemas potenciales”.
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No ser empresa vinculada de la entidad financiera que brinda el préstamo.
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No estar comprendidas en el ámbito de la Ley No 30737, referida a delitos de corrupción y conexos.
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No prepagar obligaciones financieras vigentes antes de cancelar los créditos de Reactiva Perú.
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No distribuir dividendos ni repartir utilidades, excepto el porcentaje correspondiente a los trabajadores, durante la vigencia del crédito otorgado.
Sorprende, por lo tanto, que funcionarios del Gobierno que refrendaron los requisitos detallados anteriormente o que no se pronunciaron pidiendo cambios en su momento, hoy cuestionen que en Reactiva Perú no se aplicaran otras condiciones o restricciones que en ninguna circunstancia son parte del marco legal del programa.
Por otro lado, se implica que los bancos podríamos haber entregado préstamos a empresas que vendrían siendo investigadas por delitos de corrupción. Sobre este punto, tenemos que aclarar que las investigaciones penales y sus investigados son de carácter reservado por lo que las entidades financieras no tienen cómo conocer quién oficialmente tiene dicha calidad, los trascendidos periodísticos sobre dichas investigaciones no constituyen información oficial y el Gobierno no ha puesto a disposición del sistema una base de datos de esas empresas.
Veintitrés entidades financieras han evaluado y desembolsado con una velocidad histórica préstamos a 71.553 empresas, por un monto total de S/.34 mil millones, respetando estrictamente el marco normativo estipulado en dichos decretos legislativos, lo cual ha sido verificado por Cofide en cada operación crediticia.
El Perú vive hoy una grave situación de emergencia nacional y las entidades representadas por Asbanc seguiremos apoyando a nuestros clientes y al país en general, participando de la segunda fase de Reactiva Perú. Hoy, más que nunca, el gobierno y la sociedad peruana tienen que estar unidos para superar esta difícil situación.
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