Fundamento destacado: VIGÉSIMO: En consonancia con lo anteriormente expuesto, cabe acotar que el demandante puso a cobro la deuda dentro del plazo de 15 días, conforme consta de la carta notarial obrante a fijas noventa y tres, la misma se diligenció en domicilio distinto al indicado en la carta fianza, como fue en jirón Lampa 499 – Lima, por tanto, en aplicación de lo previsto en el artículo 1898 del Código Civil, el Banco quedaba liberada de honrar la deuda, no obstante la entidad demandante haber advertido la negligencia en la notificación y realizado posteriormente un nuevo requerimiento en el domicilio consignado en los términos del pagaré, éste devino en imposible por no haber sido presentado oportunamente y con las formalidades de modo y forma previstas en la ley y lo pactado en la carta fianza, convirtiendo la obligación en inejecutable y extinguida conforme a lo estipulado en los artículos 1314 y 1316 del Código Civil.
Sumilla: Si bien la norma prevé que la fianza debe constar por escrito bajo sanción de nulidad, dejando a voluntad de las partes su contenido por ser un contrato de garantía personal y puede incluso constar en un formato especial, sin embargo no obliga a la entidad bancaria a emitirlas en iguales formatos indicando el lugar de requerimiento de pago, en la forma y modo prevista para todas.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE
SENTENCIA
CAS Nº1500-2015
LIMA
Obligación de Dar suma de Dinero
Lima, veinticuatro de setiembre de dos mil quince.-
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; vista la causa número mil quinietos – dos mil quince, en audiencia pública de la fecha; y producida la votación de acuerdo a ley, emite la siguiente sentencia.
I. ASUNTO:
En el presente proceso de obligación de dar suma de dinero, el demandado Bnaco de Crédito del Perú, ha interpuesto recurso de casación a fojas mil doscientos, contra la sentencua de vista de fecha dieciseis de marzo de dos mil quince, expedida por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que confirmó la sentencia apelada que declaró fundada en parte la demanda y ordena al Bnaco de Crédito del Perú, cumpla con pagar al demandante, la suma de ciento sesenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho y 89/100 nuevos soles (S/. 165,988.89) derivado de la Carta Fianza Nº 475-079-95 más corto y costas.
II. ANTECEDENTES:
- DEMANDA
Por escrito de fecha siete de mayo de dos mil dos, a fojas dieciocho, el demandante Urelio Luis Bazán Lora, Procurador de COLFONAVI interpone demanda de obligación de dar suma de dinero, portulando como pretensión:Principal: Que la demanda cumpla con ejecutar las siguientes cartas – fianzas:
– Nº 475-079-95 de fecha veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y cinco, y cumpla con pagar la suma de ciento sesenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho 89/100 nuevos soles S/. 165,988.89
– Nº 335-273 de fecha dos de mayo de mil novecientos noventa y cinco, y cumpla con pagar la suma de doscientos treinta y seis mil y 00/100 (S/. 236,000.00)
– Nº 335-554 de fecha catorce de julio de mil novecientos noventa y cinco, y cumpla con pagar la suma de ciento cuarenta y cinco mil doscientos noventa y ocho y 57/100 nuevos soles (S/. 145,298.57)
– Nº 335-1357 de fecha veinticinco de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, y cumpla con pagar la suma de trescientos quince mil y 00/100 nuevos soles (S/.315,000.00)
Accesoria: Pago de intereses legales que devengan y que se liquidan en ejecución de sentencia. Pago de costas y costos del proceso.
Con un monto total del petitorio ascendente a la suma de ochocientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete y 46/100 nuevos soles (S/.862, 287.46)
[Continúa…]
![Ley Penal Tributaria [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/LEY-PENAL-TRIBUTARIA-DECRETO-LEGISLATIVO-813-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Modifican Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes sobre competencia material de juzgados y terminación anticipada [Decreto Legislativo 1709]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/PROYECTO-PENAL-MENORES-DE-EDAD-LPDERECHO-218x150.jpg)
![JNE exhorta al Congreso de la República a uniformizar la legislación con relación a los impedimentos vinculados con la situación jurídica penal de los ciudadanos que pretendan postular como candidatos en elecciones generales y subnacionales, pues el ordenamiento jurídico no es claro ni coherente [Resolución 0085-2026-JNE, 2.25-2.28]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-18-218x150.jpg)
![TC ordena al Ministerio de Economía que elabore nueva fórmula de actualización del valor de los bonos de la reforma agraria [Exp. 01350-2024-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-LPDerecho-218x150.png)
![Peculado por apropiación: No es necesario que el sujeto activo ejerza una tenencia material directa sobre los bienes que se le hayan confiado por razón del cargo, sino que es suficiente que posea la posibilidad de libre disposición [Casación 3348-2022, Del Santa, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para imputar colusión desleal no basta la intervención en actos administrativos que viabilizan un contrato —como el levantar observaciones—, sino que se requiere acreditar la existencia de un concierto defraudatorio con el particular [Casación 3401-2024, Nacional, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-218x150.jpg)


![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)

![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![JNE establece que personas con sentencia condenatoria pueden postular a la presidencia de la República al cumplirse 10 años de cumplida la pena, siempre que no tengan pendiente la reparación civil y hayan obtenido la declaración judicial de rehabilitación [Resolución 0085-2026-JNE, 2.21-2.24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-19-218x150.jpg)
![Optimizan la gestión y el desarrollo de los proyectos bajo las modalidades de asociación público-privada y proyecto en activos [Decreto Legislativo 1712]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/INVERSIONES-PUBLICAS-CONTRUCCION-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican el régimen de percepciones del IGV aplicable a importaciones [Decreto Legislativo 1714]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/sunat-impuesto-LPDerecho-218x150.jpg)
![Refuerzan medidas para prevenir el aprovechamiento delictivo de vehículos siniestrados y el duplicado fraudulento de placas de rodaje [Decreto Legislativo 1717] Vehiculo robo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/Vehiculo-robo-LPDerecho-218x150.png)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)







![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![El ánimo defensivo de una persona no legitima cualquier conducta externa de protección: Aunque se produjera un acto de vandalismo —un grupo de jóvenes con palos de béisbol—, ello no justifica que el imputado reaccione disparando reiterativamente en diferentes partes del cuerpo [RN 519-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El plazo de prescripción para interponer la demanda de nulidad del testamento debe computarse desde el fallecimiento del testador, momento en el cual el acto adquiere publicidad y eficacia jurídica, conforme al art. 1993 del CC [Casación 4528-2021, Ayacucho]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)


![Optimizan la gestión y el desarrollo de los proyectos bajo las modalidades de asociación público-privada y proyecto en activos [Decreto Legislativo 1712]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/INVERSIONES-PUBLICAS-CONTRUCCION-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)
![JNE exhorta al Congreso de la República a uniformizar la legislación con relación a los impedimentos vinculados con la situación jurídica penal de los ciudadanos que pretendan postular como candidatos en elecciones generales y subnacionales, pues el ordenamiento jurídico no es claro ni coherente [Resolución 0085-2026-JNE, 2.25-2.28]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-18-100x70.jpg)
![Modifican el régimen de percepciones del IGV aplicable a importaciones [Decreto Legislativo 1714]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/sunat-impuesto-LPDerecho-100x70.jpg)
![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-100x70.jpg)

