La Asociación de Jueces para la justicia y Democracia (Jusdem) emitió un pronunciamiento sobre la aprobación del Nuevo Código Procesal Constitucional.
- Lea también: #ÚLTIMO | Congreso aprobó por insistencia el Nuevo Código Procesal Constitucional
- Lea también: RESUMEN: Estos son los cambios que trae el Nuevo Código Procesal Constitucional
PRONUNCIAMIENTO N.º 11-CD-JUSDEM-2021
“Congreso no debe aprobar nuevo código procesal constitucional. No soluciona problemas e incrementa carga procesal”
La Asociación de Jueces para la Justicia y la Democracia (JUSDEM), emite el siguiente comunicado:
1.- Nuestra asociación ha tomado conocimiento de que el Congreso de la República ha decidido someter al Pleno, el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Constitucional, exonerándose el trámite ante la Comisión correspondiente luego de las observaciones del Poder Ejecutivo.
2.- En ese escenario, creemos propicio se tome en cuenta nuestra preocupación por la probable aprobación de una norma tan importante para la tutela de los derechos fundamentales, sin antes analizarse técnica y ponderadamente cada una de las observaciones al proyecto de ley realizadas por el Ejecutivo y sin tomarse en cuenta la opinión de los jueces.
3.- Nos preocupa de sobremanera que el artículo 6° del proyecto, establezca la prohibición de declarar improcedentes las demandas, aún cuando estas carezcan de toda razonabilidad o viabilidad, vulnerándose la garantía de independencia judicial tutelada por el artículo 139°, inciso 2 de la Constitución pues corresponde solo al juez la calificación de aquellas, estableciéndose una clara intromisión en la labor jurisdiccional pues obliga a admitirlas, creándose una innecesaria sobrecarga procesal. A modo de ejemplo, una demanda de otra especialidad manifiestamente improcedente, tendría que admitirse, generándose un trámite incomprensible.
4.- Esta obligatoriedad de admisión de todas las demandas aun cuando fueren absurdas, no existe en ningún ordenamiento procesal del mundo y originará la sobresaturación de la especialidad constitucional que ya tiene problemas de dicha índole, impidiéndose dar tutela urgente a las causas que realmente la merecen.
5.- Nos preocupa también que se elimine la competencia de los jueces penales respecto a los habeas corpus, recayendo su conocimiento en los pocos órganos constitucionales sin prever el suficiente número de estos últimos como tampoco el conocimiento especializado, De igual modo nos preocupa la eliminación del requisito de fundamentar las impugnaciones o la imposición de una obligatoria Audiencia Única, que dilatará más el trámite, entre otros puntos.
6.- Exhortamos se realice un estudio serio de las observaciones a esta Autógrafa realizadas por el Ejecutivo y se tome en cuenta la opinión de los jueces constitucionales. Solo un análisis prudente de nuestra realidad podría generar un buen ordenamiento procesal.
Lima, 14 de julio de 2021
![Enriquecimiento ilícito: Las medidas de levantamiento de secreto bancario y reserva tributaria y bursátil no pueden extenderse a todo el periodo en que la investigada actuó como fiscal, pues el incremento patrimonial imputado está en relación con la construcción del predio y su amoblamiento, mas no con la adquisición del terreno [Apelación 192-2025, Lima, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Para la determinación de la pena es obligatorio considerar la condición cultural de aimara del imputado —en aplicación del Convenio 169 de la OIT— (caso Walter Aduviri) [Casación 274-2020, Puno, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Procede casación de oficio cuando se advierta una afectación manifiesta de derechos fundamentales o una infracción grave del orden constitucional o legal [Queja NCPP 334-2023, Cajamarca, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase gratuita sobre el proceso de ejecución dineraria. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/CLASE-RETRANSMITIDA-SERGIO-CASASSA-MASCARA-1-218x150.jpg)






![Hay fraude a la ley laboral en contratos modales, de acuerdo con el art. 77, inc. d) de la LPCL, cuando la naturaleza de los servicios a contratar se relacione con actividades ordinarias y permanentes [Casación 7401-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)



![Cronograma electoral para las elecciones regionales y municipales 2026 [Resolución 0632-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para trabajadores 728 del Minedu [Decreto Supremo 279-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-educacion-minedu-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fijan remuneración íntegra mensual para profesores de la carrera pública magisterial y profesores contratados [Decreto Supremo 277-2025-EF] Profesor-docente-catedratico-universidad-clases-colegio-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Profesor-docente-catedratico-universidad-clases-colegio-LP-Derecho-218x150.png)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)














![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)


![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Cronograma electoral para las elecciones regionales y municipales 2026 [Resolución 0632-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para trabajadores 728 del Minedu [Decreto Supremo 279-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-educacion-minedu-4-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

