Jurisprudencia del artículo 295 del Código Procesal Penal.- Solicitud del Fiscal (impedimento de salida)

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Artículo 295.- Solicitud del Fiscal
1. Cuando durante la investigación de un delito sancionado con pena privativa de libertad mayor de tres años resulte indispensable para la indagación de la verdad, el Fiscal podrá solicitar al Juez expida contra el imputado orden de impedimento de salida del país o de la localidad donde domicilia o del lugar que se le fije. Igual petición puede formular respecto del que es considerado testigo importante.

2. El requerimiento será fundamentado y precisará el nombre completo y demás datos necesarios de la persona afectada, e indicará la duración de la medida.


Concordancias

C: art. 2.11; NCPP: arts. 253, 479.2. h, 523.6, 559.1.


Jurisprudencia del artículo 295 del Código Procesal Penal

    1. Indagación de la verdad es requisito indispensable para el impedimento de salida (caso Mark Vito) [Exp. 000299-2017-46]. Link: bit.ly/3nEAP7p
  • Juzgados 

    1. Requisitos para imponer el impedimento de salida (caso Thomas Resto Bar) [Exp. 00043-2020-2]. Link: bit.ly/3pycXqa
  • Legislación

    1. Protocolo de actuación conjunta referido al impedimento de salida [RA 387-2014-CE-PJ]. Link: bit.ly/3BzB1eS

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