Jurisprudencia del artículo 2019 del Código Civil.- Actos y derechos inscribibles

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Artículo 2019.- Actos y derechos inscribibles
Son inscribibles en el registro del departamento o provincia donde esté ubicado cada inmueble:

1. Los actos y contratos que constituyen, declaren, trasmitan, extingan, modifiquen o limiten los derechos reales sobre inmuebles.

2. Los contratos de opción.

3. Los pactos de reserva de propiedad y de retroventa.

4. El cumplimiento total o parcial de las condiciones de las cuales dependan los efectos de los actos o contratos registrados.

5. Las restricciones en las facultades del titular del derecho inscrito.

6. Los contratos de arrendamiento.

7. Los embargos y demandas verosímilmente acreditados.

8. Las sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles.

9. Las autorizaciones judiciales que permitan practicar actos inscribibles sobre inmuebles.


Concordancias

CC: arts. 171, 885, 926, 999, 1091, 1097, 1419, 1529, 1583, 1586, 1621, 1666, 2020, 2023; CPC: arts. 625, 642, 656, 801.


Jurisprudencia del artículo 2019 del Código Civil

  • Tribunal Registral

  1. Donación mortis causa constituye un acto inscribible en el Registro de Predios como contrato con finalidad traslativa [Resolución 392-2018-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/0BVbn
  2. No procede inscripción de transacción extrajudicial sobre predio inscrito si no modifica su situación jurídica real [Resolución 630-2018-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/0EBVR
  3. Revocación de donación de dinero destinado a la adquisición de un predio es un acto no inscribible en el Registro de Predios [Resolución 2603-2019-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/26D73
  4. Dispensa de colocación es un acto no inscribible en el Registro de Predios, puesto que no modifica ni limita el derecho real del favorecido con la liberalidad [CIII Pleno del Tribunal Registral]. Link: lpd.pe/koZYj

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