Jurisprudencia del artículo 1801 del Código Civil.- Causales de extinción

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Artículo 1801.- Causales de extinción
El mandato se extingue por:

1. Ejecución total del mandato.

2. Vencimiento del plazo del contrato.

3. Muerte, interdicción o inhabilitación del mandante o del mandatario.


Concordancias

CC: arts. 178-184, 1365, 1763, 1793.2, 1802-1805, 1808; CPC: arts. 78, 79.


Jurisprudencia del artículo 1801 del Código Civil

Corte Suprema

  1. Corresponde extinción de mandato si representante de sociedad conyugal admite en contestación de demanda que conocía del fallecimiento de la mandante [Casación 2693-2017, Lima]. Link: lpd.pe/wgyg1

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