Artículo 1026.- Régimen legal del derecho de uso
El derecho de usar o de servirse de un bien no consumible se rige por las disposiciones del título anterior, en cuanto sean aplicables.
Concordancias
CC: arts. 999-1025, 1666, 1728, 1820; LGS: art. 29.
Jurisprudencia del artículo 1026 del Código Civil
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Corte Suprema
- Comunidad campesina, que otorgó cesión de uso con derecho de superficie a terceros poseedores, no está impedida a disponer del bien [Casación 1747-2014, Cañete]. Link: lpd.pe/pxzLN
- Abandono de conviviente a su concubina no extingue derecho de uso, debiendo haberse puesto fin formalmente por tratarse de contrato de ejecución [Casación 2681-2017, Del Santa]. Link: lpd.pe/0moO8
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