El Pleno del Congreso aprobó el dictamen que busca establecer la obligatoriedad de identificación para los ciudadanos extranjeros que radiquen en el país. La propuesta fue aprobada con 98 votos a favor.
La reforma facultaría a la Policía Nacional del Perú (PNP) a comprobar la identidad de los ciudadanos extranjeros sin requerir una orden judicial. Este procedimiento de comprobación podría llevarse a cabo utilizando los métodos de verificación disponibles, como el registro de datos biométricos.
La iniciativa legislativa modifica el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, y el Decreto Legislativo 1582 que modifica este último.
Asimismo, el informe contiene normas para la deportación de extranjeros que no cumplan con el requisito de identificarse ante las autoridades correspondientes. «Serán expulsados aquellos extranjeros que no cumplan con la obligación de identificarse», se indica.
DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 8530/2024-CR y 8653/2024-
CR, LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1350, DECRETO
LEGISLATIVO DE MIGRACIONES, Y EL DECRETO LEGISLATIVO 1582 –
DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1350,
DECRETO LEGISLATIVO DE MIGRACIONES-, PARA DISPONER LA
OBLIGATORIEDAD DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS.
COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL, ORDEN INTERNO, DESARROLLO
ALTERNATIVO Y LUCHA CONTRA LAS DROGAS
PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2024-2025
Señor Presidente:
Han ingresado para dictamen de !a Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, de conformidad con el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y el artículo 67 del Reglamento del Congreso de la República, los siguientes proyectos de ley:
El Proyecto de Ley 8530/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Avanza País a iniciativa de los congresistas Gonzales Delgado Diana Carolina, Amuruz Dulanto Yessica Rosselli, Chirinos Venegas Patricia Rosa, Paredes Fonseca Karol lvett, Tudela Gutiérrez Adriana Josefina, Williams Zapata, José Daniel, que propone la modificación del artículo 67, de los numerales 68.1 y 68.4 del artículo 68 y del numeral 71.2.1 del artículo 71, del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, así como la incorporación de los artículos 15-A y 45-A; y de los literales j), k) y I) del numeral 58.1 del artículo 58 y del numeral 58.3 del artículo 58 y del numeral 73.4 del artículo 73, así como de la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final. También propone la modificación de la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final.
El Proyecto de Ley 8653/2024-CR presentado por el Grupo Parlamentario Renovación Popular, a iniciativa de los congresistas Zeballos Aponte Jorge Arturo, Bazán Calderón Diego Alonso Fernando, Córdova Lobatón María Jessica, Ciccia Vásquez Miguel Ángel, Herrera Medina Noelia Rossvith, Jáuregui Martínez de Aguayo María de los Milagros Jackeline, Muñante Barrios Alejandro, Trigozo Reátegui Cheryl; que propone la ley que modifica el artículo 55° del decreto legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones.
Después del análisis y debate correspondientes, la Comisión acordó por MAYORÍA de los parlamentarios presentes, en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de setiembre de 2024, aprobar el presente dictamen recaído en el Proyecto de Ley 8530/2024-CR y el Proyecto de Ley 8653/2024-CR, con los votos a favor de los congresistas Adriana Tudela Gutiérrez, Roberto Kamiche Morante, Alfredo Azurín Loayza, Diego Bazán Calderón, Roberto Chiabra León, Patricia Chirinos Venegas, José Cueto Aservi, Américo Gonza Castillo, Edwin Martínez Talavera, Alejandro Muñante Barrios, Fernando Rospigliosi Capurro, Héctor Ventura Ángel, José Williams Zapata y Carlos Zeballos Madariaga; con el voto en contra del congresista Ernesto Bustamante Donayre; y, sin votos abstenciones; con las licencias/justificaciones de inasistencia de los congresistas Tania Ramírez García y Héctor Valer Pinto.
Asimismo, por UNANIMIDAD de los presentes se aprobó la autorización para la ejecución de los acuerdos sin esperar el trámite de aprobación del acta; con los votos a favor de los congresistas Adriana Tudela Gutiérrez, Roberto Kamiche Morante, Jorge Montoya Manrique, Alfredo Azurín Loayza, Diego Bazán Calderón, Ernesto Bustamante Donayre, Roberto Chiabra León, Patricia Chirinos Venegas, José Cueto Aservi, Edwin Martínez Talavera, Alejandro Muñante Barrios, Fernando Rospigliosi Capurro, Héctor Ventura Ángel, José Williams Zapata y Carlos Zeballos Madariaga.
I. SITUACIÓN PROCESAL
1.1. Antecedentes procedimentales
A. Ingreso de los proyectos a la Comisión
El Proyecto de Ley 8530/2024-CR, fue presentado en el Área de Trámite y Digitalización de Documentos el 02 de agosto de 2024; siendo decretado y recibido el 09 de agosto de 2024 en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas. como única comisión dictaminadora.
Proyecto de Ley 8653/2024-CR, fue presentado en el Área de Trámite y Digitalización de Documentos el 19 de agosto de 2024; siendo decretado y recibido el 19 de agosto de 2024 en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, como única comisión dictaminadora.
[Continúa…]
![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)



![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-100x70.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-100x70.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
