El exjuez supremo de la república, César Hinostroza, quedó el libertad provisional esta mañana en España. Fue la sala penal de España la que decidió que Hinostroza Pariachi quedara en libertad provisional, pues para la justicia española, no presenta un riesgo de fuga.
«Entendemos que el riesgo de fuga ha disminuido permitiendo que pueda ser decretada su libertad provisional», señala el documento oficial.
César Hinostroza tendrá que que comparecer dos veces por semana ante dicho órgano judicial.
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El documento incurre en un groso error, al consignar que el exjuez supremo Cesar Hinostroza Pariachi nació en Argentina. Tal como se recuerda, Cesar Hinostroza es investigado por liderar la presunta organización criminal «Los Cuellos Blancos del Puerto».
Hinostroza Pariachi habría cometido trafico de influencia, cohecho pasivo y cohecho activo. Al respecto, Jorge Chávez Cotrina, coordinador de las fiscalías contra el crimen organizado, señaló que «ese señor tiene que estar en el país (Perú) para que responda por los delitos que se le están imputando».
Así razonó el juzgado
El riesgo de fuga ha disminuido permitiendo que pueda ser decretada su libertad provisional. Para asegurar la presencia del reclamado en el momento que sea necesario, este deberá comparecer dos veces por semana ante este órgano judicial. Asimismo se determina la retirada de su pasaporte, y la prohibición de salida del territorio nacional. Asimismo deberá dejar constancia del domicilio en el que va a residir provisionalmente en Madrid, domicilio en el que deberá permanecer mientras su situación sea la de libertad provisional.
En atención a lo expuesto.
LA SALA ACUERDA: DECRETAR la libertad provisional del reclamado D. CÉSAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI, nacido el 28/09/1956 en Junin provincia de Jauja (Argentina) (sic), previa fijación de domicilio en España, de teléfono de contacto, retirada de pasaporte, prohibición de salir del territorio nacional y con la obligación de comparecer ante este Tribunal dos veces por semana y cuantas veces fuere llamado y ante este Tribunal o Juzgado o Comisaria más próximo a su residencia o domicilio el primer y tercer lunes de cada mes.
Líbrese exhorto al Juzgado de guardia que corresponda a fin de dar cumplimiento a lo acordado, notifiquese esta resolución a las partes y personalmente al reclamado, y háganse las oportunas anotaciones de las medidas adoptadas en SIRAJ.
Notifiquese el presente auto al acusado, su representación procesal y Ministerio Fiscal, con indicación de que contra el mismo cabe recurso de súplica, en tres dias, ante esta misma Sección.
Asi, por este auto, lo acordamos, mandamos y firmamos.
(…) Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
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