Fundamento destacado: Décimo Cuarto: Que, en los procesos de Prorrateo de Alimentos, puede ocurrir varios supuestos: 1.- Prorrateo de Alimentos cuando son dos o más obligados a dar alimentos; en este caso se dividirá entre todos ellos el pago de la pensión en cantidad proporcional a sus respectivas posibilidades (Artículo 482 del Código Civil). 2.- Prorrateo de Alimentos cuando existen dos o más beneficiarios con una pensión alimenticia existiendo un único obligado; en este caso, los beneficiarios de las pensiones alimenticias individuales o conjuntamente, pueden acudir a la vida judicial, solicitando que el juez prorratee los montos alimenticios de tal manera que los reajuste de maneras proporcionadas. 3.- Prorrateo de Alimentos cuando el obligado a prestar la pensión alimenticia acude al juez para que prorratee la pensión alimenticia entre todos los beneficiarios de ella; en este caso sabe concurrir cuando al demandado se le está descontando más del 60% de sus ingresos y este solicita el prorrateo para que el Juez mediante sentencia reajuste de montos reduciéndolos al 60% de sus ingresos en virtud al Artículo 477° del Código Civil; siendo este último punto lo que aparece en autos, ya que, efectivamente, los porcentajes otorgados por alimentos, superan el 60% de lo ordenado por ley, pese a que lo indicado se produjo en gran medio debido a la desidia y al poco interés y hasta análisis del deudor alimentario, quien, pese a hacer uso del Derecho de Procreación no demuestra tener en claro el concepto de Paternidad Responsable, incluso conciliando por un porcentaje que, a sabiendas, superaría el porcentaje de descuentos establecidos por ley.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE HUARMEY
JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Huarmey
EXPEDIENTE : 00150-2015-0-2503-JP-FC-01
INICIO DE PROCESO : 26 DE AGOSTO DE 2015
MATERIA : PRORRATEO DE ALIMENTOS
JUEZ : EINNER JOSEPH VERA MARÍN
ESPECIALISTA : JOHANA ESTEFANIA VÁSQUEZ DIESTRA
DEMANDADA : C.M., M.N.G.P., M.J.O.S., G.M.
DEMANDANTE: L.S., L.M.
SENTENCIA
RESOLUCIÓN Nro. QUINCE
Huarmey, catorce de junio
Del año dos mil diecisiete.-
VISTOS; el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Huarmey, designado como tal mediante Resolución Administrativa N° 403-2017-P-CSJSA/PJ, de la Oficina de Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa, de fecha siete de marzo del año dos mil diecisiete, y teniendo a la vita el Expediente N° 00150-2015- 0-2503-JP-FC-01, ingresado a Despacho por el personal jurisdiccional a su cargo, tras las razones y resoluciones que preceden, procede a emitir la siguiente sentencia:
I. EXPOSICIÓN DEL CASO:
1. Asunto:
Mediante escrito de fecha veintiséis de agosto del año dos mil quince, don M.L.A.I.F., recurre al Órgano Jurisdiccional e interpone demanda de PRORRATEO DE ALIMENTOS, acción que la dirige contra sus ex convivientes G.M.O.S., M.N.C.M. y M.J.G.P., a fin de que a cada una, en representación de sus menores hijos, obtengan sólo el 20%, de manera individual, de sus ingresos económicos como trabajador de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huarmey (UGEL – HUARMEY).
2. Petitorio:
El accionante, haciendo uso de su Derecho de Acción, acude a la Administración de Justicia, a fin de demandar PRORRATEO DE ALIMENTOS sobre las PENSIONES ALIMENTICIAS que brinda a favor de sus menores hijas L.C.I.O. (recibe actualmente, en el papel, el 38.2% de los ingresos del actor) y M.L.K.I.C. (recibe actualmente, en el papel, el 25% de los ingresos del actor) y su menor hijo J.M.I.G.(recibe actualmente, en el papel, el 20% de los ingresos del actor), a fin de que a cada uno se le otorgue el 20% del total de sus ingresos como trabajador de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huarmey (UGEL – HUARMEY).
[Continúa…]
![Aunque la encausada expresó su conformidad para arribar a la conclusión anticipada, esta no resulta válida, dado que el tribunal debió considerar la magnitud del estado puerperal en la imputada (control de legalidad), pues ello es necesario para determinar la imputabilidad en el delito atribuido (parricidio o infanticidio) [RN 829-2025, Lima Norte, ff. jj. 10, 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La reparación civil en los delitos tributarios es ex lege y no ex danno (se determina según ley y no según el daño) y está en función de la deuda tributaria [RN 659-2024, Callao, ff. jj. 14.5-14.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Es válido suspensión de la continuación de las audiencias de juicio oral por más de ocho días durante los meses que el PJ estuvo inactivo con motivo de la pandemia del covid-19 [Exp. 04333-2023-PHC/TC] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)


![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)

![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)



![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reajustan pensiones del régimen 20530 [Decreto Supremo 009-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/senor-en-la-ventanilla-de-un-banco-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Reajustan pensiones del régimen 20530 [Decreto Supremo 009-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/senor-en-la-ventanilla-de-un-banco-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Aunque la encausada expresó su conformidad para arribar a la conclusión anticipada, esta no resulta válida, dado que el tribunal debió considerar la magnitud del estado puerperal en la imputada (control de legalidad), pues ello es necesario para determinar la imputabilidad en el delito atribuido (parricidio o infanticidio) [RN 829-2025, Lima Norte, ff. jj. 10, 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-324x160.jpg)
![La reparación civil en los delitos tributarios es ex lege y no ex danno (se determina según ley y no según el daño) y está en función de la deuda tributaria [RN 659-2024, Callao, ff. jj. 14.5-14.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Es válido suspensión de la continuación de las audiencias de juicio oral por más de ocho días durante los meses que el PJ estuvo inactivo con motivo de la pandemia del covid-19 [Exp. 04333-2023-PHC/TC] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Aunque la encausada expresó su conformidad para arribar a la conclusión anticipada, esta no resulta válida, dado que el tribunal debió considerar la magnitud del estado puerperal en la imputada (control de legalidad), pues ello es necesario para determinar la imputabilidad en el delito atribuido (parricidio o infanticidio) [RN 829-2025, Lima Norte, ff. jj. 10, 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-100x70.jpg)