Por acuerdo de Sala Plena la Corte Suprema de Justicia de la República presentó al Congreso la propuesta legislativa denominada Proyecto de Ley que precisa el Régimen Legal Especial en materia Laboral del Poder Judicial, que consta de un artículo único y una disposición complementaria.
El proyecto precisa que los trabajadores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, con excepción de los jueces, deben regirse por el régimen laboral de la actividad privada y estar exentos de los alcances de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.
La iniciativa señala que el Consejo Ejecutivo aprueba la política de gestión de recursos humanos que comprende su planificación, organización interna, régimen disciplinario, así como la gestión del empleo, rendimiento, remuneraciones, capacitación y relaciones humanas en el marco de las normas del régimen laboral de la actividad privada.
En la exposición de motivos, la propuesta precisa que el Poder Judicial es una institución que está consagrada expresamente en la Constitución encargada de administrar justicia mediante procedimientos jurisdiccionales y no a través de procedimientos administrativos, como sí ocurre con el resto de organismos constitucionalmente autónomos.
Por tal razón, la estructura organizacional y de recursos humanos corresponde a la de un poder del Estado que tiene una administración especial o particular y que linda estrechamente con la cautela de la garantía de la independencia judicial, la misma que es aprobada exclusivamente por sus propias autoridades.
La propuesta que lleva la rúbrica del presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, cuenta con una disposición complementaria que deroga toda norma que se oponga a lo dispuesto en el proyecto en mención.
Recordemos, que el Poder Judicial cuenta con la facultad constitucional de iniciativa legislativa para la presentación de proyectos de Ley.
Fuente: Poder Judicial
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