Sunafil: trabajadores de grifos deben contar con Seguro de Vida Ley obligatorio

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral informó que los trabajadores de los grifos deben contar con un Seguro de Vida ley, el cual es de carácter obligatorio y proporcionado por el empleador.

Se trata de un respaldo adicional al Seguro Social de Salud, que es un derecho adquirido tan pronto el trabajador ingresa a planilla electrónica. Asimismo, la Sunafil exigió un Seguro Complementario de Trabajo en Riesgo (SCTR) para aquellos que ejecutan alguna actividad peligrosa.

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Requerimientos para un trabajo seguro

Según se indica en el portal oficial del Gobierno, toda empresa debe identificar los peligros, gestionarlos, coordinar el mantenimiento de las maquinarias, instalar señalética y establecer procedimientos de lucha contra incendios, evacuación y rescate.

Los equipos de protección personal también son necesarios para que los operarios realicen sus funciones de forma segura.

En el caso de que los trabajadores sean víctimas de accidentes durante el desempeño de sus funciones, Sunafil indicó que los empleadores deberán asumir las consecuencias económicas y legales.

Lea más: Reglamento de seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión [Resolución SBS 02388-2021]

Datos del Seguro de Vida ley

La información que se consigna en este tipo de seguro es la siguiente:

  • Datos de la póliza del seguro: compañía de seguros, número y vigencia de póliza.
  • Datos del empleador: Registro único de Contribuyentes (RUC), razón social, dirección domiciliaria.
  • Datos del trabajador: nombres y apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento y sexo.
  • Datos del contrato laboral:fecha de ingreso o reingreso, remuneración asegurable y tipo de moneda.
  • Datos de los beneficiarios: declaración de los beneficiarios, nombre y apellidos, número de documento de identidad, grado de parentesco.
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