¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre tercería contra embargo de bien social por deudas de un solo cónyuge, a cargo del Dr. Moisés Arata Solís, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
Asimismo, informarles que el Dr. Moisés Arata, formará parte de nuestra plana docente en el Diplomado derecho inmobiliario, registral y notarial que iniciará el 7 de enero de 2025. Serán un total de 30 sesiones en vivo a desarrollarse los días martes, jueves de 6:00 p. m. a 9:00 p. m. y sábados de 9:00 a. m. a 12:00 m.

TRES LIBROS GRATIS Y PAGO EN DOS CUOTAS
PARA LOS INSCRITOS HASTA EL 27 DE DICEMBRE
Esta sesión en vivo está dirigida a jueces, fiscales, procuradores, servidores públicos, estudiantes de derecho, docentes, registradores, consultores, asesores, agentes inmobiliarios, gerentes o trabajadores que tengan cargos de responsabilidad en la dirección de empresas inmobiliarias o de construcción y público interesado.
La clase gratuita sobre tercería contra embargo de bien social por Moisés Arata Solís, se desarrollará este jueves, 21 de noviembre de 2024 a las 4:30 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
INFORMACIÓN DE MATRÍCULA AL DIPLOMADO DERECHO INMOBILIARIO
IMPORTANTE: El alumno deberá enviar la foto o imagen del voucher al WhatsApp 921492114 o al correo [email protected], indicando el nombre del diplomado, su nombre completo, DNI, celular, correo electrónico y dirección detallada (departamento, provincia y distrito).
Se expedirán dos diplomas de aprobación, el primero por la Unidad de Posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán y LP, y el segundo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima Este (válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional), ambos con un valor de 384 horas académicas (24 créditos).
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 969000440.
![Cohecho pasivo propio: Aunque un funcionario haya delegado funciones en un subordinado, no está ajeno a la actividad que realiza el delegado en su nombre (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-32, p. 94]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No corresponde aplicar la teoría del duplo —función preventiva y punitiva— en la reparación civil, pues, según la legislación penal, su finalidad es compensatoria (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-32, pp.115-116]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Voto en discordia: Una interpretación del art. 397.1 del NCPP permite, excepcionalmente, que la sentencia acredite hechos o circunstancias no descritos en la acusación cuando sean más favorables al acusado; ello no siempre conduce a la absolución, sino a subsumirla a una modalidad típica menos gravosa que la imputada (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-32, ff. jj. 4.15-4.19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Al realizar la valoración de la prueba se debe considerar no solo la prueba de cargo, sino también de descargo [Apelacion 287-2024, Apurímac, f. j. 13.19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Hay fraude a la ley laboral en contratos modales, de acuerdo con el art. 77, inc. d) de la LPCL, cuando la naturaleza de los servicios a contratar se relacione con actividades ordinarias y permanentes [Casación 7401-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Servir declara nula «carta de no renovación» de trabajadora CAS en estado de gestación por falta de motivación [Res. 004712-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/embarazo-mujer-trabajo-salud-bebe-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Es inconstitucional que los plazos de prescripción de la ejecución de la pena se suspendan mediante un decreto de urgencia, una resolución administrativa o un criterio judicial interpretativo, pues están regulados por una norma de rango legal [Exp. 04535-2023-PHC/TC, ff. jj. 16-17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Modifican el Reglamento de la Ley que crea el registro nacional de historias clínicas electrónicas (RENHICE) [Decreto Supremo 020-2025-SA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/certificado-medico-documento-doctor-medicina-medico-LPDerecho-218x150.png)
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![No corresponde aplicar la teoría del duplo —función preventiva y punitiva— en la reparación civil, pues, según la legislación penal, su finalidad es compensatoria (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-32, pp.115-116]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Voto en discordia: Una interpretación del art. 397.1 del NCPP permite, excepcionalmente, que la sentencia acredite hechos o circunstancias no descritos en la acusación cuando sean más favorables al acusado; ello no siempre conduce a la absolución, sino a subsumirla a una modalidad típica menos gravosa que la imputada (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-32, ff. jj. 4.15-4.19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)



