Teatro y derecho. ¿Sirve de algo al abogado practicar actuación? (A propósito de la vinculación entre la disciplina jurídica y las artes escénicas)

Sumario: 1. Introducción, 2. El derecho en la dramaturgia, 3. El teatro en la enseñanza del derecho, 4. El arte dramático y la litigación oral, 5. Conclusiones.


1. Introducción

Próximos a celebrar el día mundial del teatro[1], donde tanto el Ministerio de Cultura y las direcciones desconcentradas de cultura, organizaciones y centros de culturales realizan una serie de actividades destinadas a la difusión y revalorización de las artes escénicas, es menester, señalar las incidencias entre este arte y lo que llamamos derecho, así como dejar sentado la importancia de esta primera en nuestro quehacer jurídico.

2. El derecho en la dramaturgia

El derecho se ha manifestado en la dramaturgia a lo largo de la historia, la vinculación entre la disciplina jurídica y el teatro, se debe a su carácter social y a la influencia que cada una ha venido ejerciendo sobre las personas, para Agudelo, “el derecho y el teatro tienen su origen en comportamientos sociales que pueden convertirse en normas y leyes, elementos que justamente permiten el desarrollo de una escena”[2], es decir, básicamente ambos inciden en la conducta humana en interrelación con las otras que se pone de manifiesto en un determinado acto.

Para muestra, en la antigua Grecia, en la obra “Las Euménides”[3], del maestro Esquilo, se nos presenta la idea de un tribunal compuesto por un jurado que desarrolla un juicio oral por un asunto penal, Sófocles, por su parte con “Antígona” y “Electra” destaca la dualidad que la protagonista afronta entre el cumplimiento de las normas religiosas y las normas civiles, entre lo divino no escrito y las normas positivas dadas por el estado, siglos más adelante, la genialidad de Shakespeare nos trajo “El mercader de Venecia”, presentándonos el desarrollo de algunas instituciones del derecho civil como, los contratos, el cumplimiento de obligaciones, entre otras, por su parte dentro del siglo de oro español, Lope de Vega a través de su obra “Fuenteovejuna” nos hace reflexionar sobre la idea de justicia.

El caso peruano, no es ajeno a dicha vinculación, obras como Ciriaco de Urtecho, El monstruo de Armendariz, Dominga, Tinta y La apelación de Shylock[4], sobre las que se han construido casos emblemáticos, permiten ver a través de su puesta en escena y de su lectura, el desarrollo de algunas instituciones jurídicas que sirven de complemento a la formación de los profesionales del derecho, quienes ven en la realización de estas obras, una forma de fomentar contenido jurídico tanto a la ciudadanía en general como a los propios entendidos en la materia.

3. El teatro y la enseñanza del derecho

Entre las competencias que buscan fortalecer el ejercicio profesional de la abogacía, se encuentran las relacionadas con las técnicas utilizadas en un juicio oral, la capacidad de argumentación, la habilidad comunicativa jurídica, la comprensión de las movidas retóricas en un libreto, el manejo de conflictos jurídicos, entre otros[5], competencias que si bien, suelen ser adquiridas en el ejercicio profesional cuando este va orientado hacia una actividad de litigio o jurisdiccional, no todos los estudiantes o egresados de las escuelas de derecho logran obtenerlas, debido a que hemos estado durante mucho tiempo frente a un proceso judicial mayoritariamente escritural, que hace muy difícil su práctica.

Bajo esa consigna, muchas universidades del mundo, incluidas algunas de nuestro país[6], albergan dentro de su plan de estudios, talleres de teatro, al considerarlo, una herramienta necesaria para sus estudiantes, que les permite desarrollar las competencias y habilidades anteriormente señaladas, y es que además de dotarlos de una formación humanística, los prepara para su vida laboral frente a los nuevos tiempos en que se viene manifestando la abogacía.

Dentro de los beneficios del teatro en la formación del abogado, encontramos la pérdida del miedo a expresarse en público, algo tan básico para una carrera en la que el uso de la palabra oral se convierte en su principal herramienta, la mejora en las habilidades comunicativas que son propias y requeridas para su actuación en audiencia y frente a cualquier autoridad a la que hemos de presentarnos, así como la generación de la confianza en sí mismo, elemento subjetivo que resulta saludable para un buen desempeño profesional.

Asimismo, y advirtiendo que el derecho es además una disciplina social, sirve de acercamiento entre el ciudadano de a pie y los contenidos jurídicos que suelen explicar muchos aspectos de nuestra sociedad, al resultar más sencillo comprenderlos cuando estos son puestos en una representación actuada, cumpliendo con ello su rol social, de acercar a la población al conocimiento de sus derechos y deberes, hecho que contribuye a la formación de una cultura preventiva, evitando con ello, los conflictos que a diario llenan los pasillos del poder judicial.

Se trata en consecuencia, de una disciplina sumamente eficaz y prodigiosa que facilita la mejora profesional de los futuros abogados, así como el desempeño de los que se encuentran ya en ejercicio, frente a los nuevos tiempos, en los que la litigación oral va cobrando mayor peso escénico.

4. El arte dramático y la litigación oral

El retorno a un proceso judicial por audiencias a propósito de la dación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y recientemente la incorporación de los Módulos Corporativos de Litigación Oral para el proceso civil, tiene como punto característico, el principio de oralidad, el cual trae consigo otros principios como inmediación, publicidad y concentración, que han de materializarse en la audiencia, donde el derecho a través de la actuación de los abogados se torna dinámico, al permitirse la interacción y debate entre estos frente al juez.

Siendo así, la audiencia, tiende a convertirse en el acto más importante dentro de un proceso judicial, el momento estelar del proceso donde se da la presentación y debate de las pretensiones que las partes invocan, cuya herramienta principal resulta ser la palabra hablada, demandando a los abogados tener una presentación adecuada y convincente para el acto y no ser meros lectores de lo que se ha consignado previamente en sus actos postulatorios, presentación que recae en el dominio de habilidades comunicativas.

El contacto visual, la técnica de la voz, la expresión corporal, el manejo del tiempo en los alegatos presentados, son algunos de los aspectos que pueden contribuir a una buena disertación de los abogados en una audiencia, los mismos que precisamente son tratados en la práctica teatral, ya sea a través de los ejercicios que estos realizan para todo tipo de arte escénico (monólogo, impro[7] entre otros) o la puesta en escena de una obra teatral propiamente dicha, proporcionando a los partícipes de esta práctica, mejoras en sus habilidades comunicativas que resultan muy beneficiosas para su desarrollo integral al estar en constante interacción con otras personas, característica que para el abogado puede resultar fundamental frente a una audiencia de la que es protagonista.

A su vez, la correcta presentación del caso en una audiencia, puede verse afianzada y nutrida con la práctica constante de este arte, puesto que la preparación del actor para una obra teatral o cualquier otra muestra de arte escénico, parte de un trabajo continuo sobre el guion escrito, que demanda realizar el respectivo análisis del texto teatral, puntualizar e interpretar lo que realmente se quiere decir al público, tarea que no dista mucho de la que realiza el abogado frente a una audiencia a la que tiene asistir y por ende participar, y es que los alegatos que este presenta en dicha actuación, se elaboran a partir del análisis e interpretación de su propio texto y de la otra parte propuestos en los actos postulatorios y que son presentados finalmente en audiencia.

5. Conclusiones

En suma, la importancia del teatro en la formación de un abogado radica en el aporte que este brinda para su adecuado ejercicio, toda vez que permite a este, asimilar habilidades comunicativas y de expresión, necesarias para actuar frente a una audiencia y ante cualquier autoridad a la que debe acudir.

Tratándose de un proceso judicial que, apuesta por la oralidad, que pretende recuperar con dicho principio, el carácter dinámico y dialógico del derecho, la práctica del teatro resulta una herramienta clave para su concreción en la realidad, que además de servir a este fin, contribuye a ser más cercano el tema de los derechos y deberes que le asiste a toda persona dentro de la sociedad.


[1] El día mundial del teatro se celebra el 27 de marzo de cada año y tiene lugar desde el año 1961, cuando fue instaurado por el Instituto Internacional de Teatro (ITI), desde entonces en varias partes del mundo se realizan actividades para homenajear las grandeza y magia de este arte.

[2] Agudelo Gómez, Carlos Julio, “El teatro en el escenario jurídico” ADVOCATUS, 12(25), pág. 233, Barranquilla-2015, disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5442782.pdf

[3] Última obra de “La Orestiada” de Esquilo, las Erinias (Personajes mitológicos que persiguen a los autores de ciertos crímenes) comparecen ante un jurado ateniese, donde el tribunal de homicidios de Atenas celebra sus sesiones, para decidir la suerte de Orestes, acusado de la muerte de Clitemnestra.

[4] Ángeles Tafur, Roberto, “Dramaturgia del derecho en el Perú”, Facultad de derecho de la PUCP, 2019.

[5] Op. Cit. “El teatro en el escenario jurídico” ADVOCATUS, 12(25), pág. 234

[6] La PUCP como parte de su plan de estudios de la facultad de derecho con la Comisión de Arte y Derecho, incluye la presentación de obras de teatro, la Universidad San Martin de Porres consigna el teatro como asignatura del programa de Derecho, en el sur la Universidad Católica San Pablo lo incluye en su primer semestre.

[7] A diferencia de la Improvisación que es una técnica utilizada para la producción libre de una pieza teatral, la Impro resulta ser el espectáculo de dicha técnica.

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