Comunicado del Tribunal Constitucional publicado el 25 de mayo de 2020.
COMUNICADO
En atención a que a través del Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, el Gobierno nacional ha prorrogado el Estado de Emergencia Nacional y el aislamiento social obligatorio a partir de la fecha hasta el 30 de junio de 2020, el Tribunal Constitucional informa a la ciudadanía lo siguiente:
1.- Con el objetivo de resguardar el derecho fundamental a la salud tanto del personal de la institución como de la ciudadanía en general, el trabajo presencial en las sedes del Tribunal Constitucional se mantiene suspendido hasta el levantamiento del aislamiento social obligatorio.
2.- A través del correo electrónico [email protected] o, en su caso, de la Ventanilla Virtual, el Tribunal Constitucional continuará recepcionando y tramitando: a) los expedientes digitalizados de procesos constitucionales provenientes del Poder Judicial; b) los escritos digitalizados de las partes y sus abogados/as; c) las solicitudes digitalizadas de uso de la palabra en las audiencias públicas que se programen; d) los demás escritos o solicitudes digitalizadas que correspondan tramitarse ante el Tribunal Constitucional.
3.- El Pleno del Tribunal Constitucional continuará sesionando remotamente, cuando menos dos veces por semana, para garantizar la marcha administrativa de la institución y, sobre todo, para continuar adoptando las decisiones jurisdiccionales que tutelen debida y oportunamente los derechos fundamentales y garanticen la supremacía normativa de la Constitución.
4.- Se continuará con la programación de las audiencias públicas no presenciales, encontrándose muy próxima la programación de la histórica primera audiencia pública de supervisión de cumplimiento de sentencias del Tribunal Constitucional en el caso de María Antonia Díaz Cáceres (Exp. N° 0889-2017-PA/TC).
5.- Bajo medidas sanitarias estrictas, la institución mantendrá durante este período el proceso intensivo de digitalización de sus expedientes que viene ¡mplementando, a efectos de generar los insumos para continuar sostenidamente, incluso durante el aislamiento obligatorio, con la labor jurisdiccional a través del trabajo remoto.
6.- En el marco del «Plan de Acción del Tribunal Constitucional durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada debido a la propagación del COVID-19», una vez levantada la cuarentena, tal como lo recomienda la Autoridad Nacional del Servicio Civil, se continuará priorizando el trabajo remoto, sin perjuicio de lo cual se reiniciará el trabajo presencial para la realización de las actividades que resulten estrictamente necesarias para el cumplimiento cabal de los fines de la institución, bajo el cumplimiento estricto de las reglas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud (en particular, las previstas en la Resolución Ministerial 039-2020-MINSA) y las reglas laborales y sanitarias previstas en nuestro referido Plan de Acción.
7.- Los plazos procesales y administrativos continúan suspendidos.
Lima, 25 de mayo de 2020
Oficina de Imagen Institucional