El Consejo de Ética del Ilustre Colegio de Abogados de Ica (CAI) suspenden a un abogado por patrocinar a un ciudadano y, posteriormente, ejercer la defensa del demandante de su excliente en un proceso por alimentos.
El referido letrado fue contratado, en un primer momento, para llevar un trámite de nulidad de acto jurídico ante el Juzgado Civil de Pisco. Para ello, su entonces patrocinado le entregó toda la «documentación, argumentaciones y medios de defensa con los que contaba».
Sin embargo, tras concluir este proceso, en 2022 asumió la defensa de la otra parte del caso previo, en un proceso de alimentos en el Juzgado de Paz Letrado. Por ello, el 4 de octubre del mismo año, fue denunciado ante el CAI.
Inscríbete aquí Más información
En su descargo, presentado el 9 de noviembre de 2022, el letrado reconoció haber asumido el proceso contra su anterior cliente, pero negó el uso de los documentos proporcionados por este. No obstante, el 4 de febrero de 2023, no acudió a la audiencia única programada por la Orden.
Por ello, el 22 de julio de 2024, el abogado fue suspenden por un periodo de seis meses en el ejercicio profesional. En su análisis del caso, el CAI consideró que el defensor transgredió sus principios y desprestigió a su profesión:
Se acredita que el abogado denunciado ha transgredido los principios fundamentales que agravian a la orden como lo estipula la sección segunda del Código de Ética y que ha faltado a la esencia del deber profesional del abogado y a la probidad e integridad de su conducta, desprestigiando la profesión de abogado.
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ICA
Fundado el 15 de abril de 1937
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la
conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
lca, 20 de diciembre del 2024
OFICIO N°163A-2024-D/CAl.
SEÑORES:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Presente.-
ASUNTO:SE HACE DE CONOCIMIENTO
SANCION DISCIPLINARIA A
ABOGADO DEL ILUSTRE
COLEGIO DE ABOGADOS DE ICA.
REFERENCIA:
- CARTA N°127-2024-DEP/CAI.
- EXPEDIENTE N°032-2022-CE-CAI.
Mediante la presente reciba un cordial saludo a nombre propio y del Consejo Directivo que me honro en presidir, y a la vez en cumplimiento del Decreto Legislativo N°1265, sobre la creación del Registro de Abogados Sancionados por Mala Práctica, hago de conocimiento a su honorable despacho la medida disciplinaria impuesta por nuestro Órgano Deontológico al amparo del artículo 3 inciso 3, del citado marco normativo, en atención al documento de referencia contenida en la Carta N°127-2024-DEP/CAI, emitido por la Abg. MARIA MERCEDES FELIPA DEL RISCO, Directora de Ética Profesional del Ilustre Colegio de Abogados de lea, comunica sobre el Procedimiento Disciplinario Sancionador llevado a cabo por el Consejo de Ética Profesional del Colegio de Abogados de lca, contra el abogado denunciado XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX, en el expediente N°032-2022-CE/CAI; el cual Resuelve con la SUSPENSION EN EL EJERCICIO PROFESIONAL AL ABOGADO QUEJADO POR UN PERIODO DE SEIS MESES.
– ABOGADO SANCIONADO: XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX identificado con DNI N°XXXXX registro de colegiatura N°XXXXX miembro del Ilustre Colegio de Abogados de lca.
– AUTORIDAD SANCIONADORA: Abg. MARIA MERCEDES FELIPA DEL RISCO, Directora de Ética Profesional del Colegio de Abogados de lea, con registro de colegiatura N°1217, identificado con DNI Na22298387.
– SANCION Y FECHA DE IMPOSICION: Suspensión del ejercicio de la profesión por un periodo de seis meses, los cuales serán computados desde su notificación a los Juzgados del Distrito Judicial de lca.
Por lo tanto, solicito a su honorable despacho cumpla con registrar la Sanción Disciplinaria correspondiente al abogado XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX en el plazo correspondiente a Ley.
ADJUNTO:
- Carta N°127-2024-DEP/CAI.
- Expediente N°032-2022-CE/CAI.
Sin otro particular me despido expresándole las muestras de mi especial consideración y estima personal.
[Continúa…]

![El pago reiterado de cheques sin verificar los datos de identidad en la Reniec ni la autenticidad de las firmas evidencia graves irregularidades administrativas que descartan una simple negligencia y permiten inferir que actuó con complicidad en el delito de peculado doloso [Apelación 294-2024, Cajamarca, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si los bienes sobre el que recaen el embargo y la orden de inhibición son sociales, una vez que producido el fenecimiento de la sociedad de gananciales y producida su respectiva liquidación, se forman las cuotas ideales de cada cónyuge [Apelación 353-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-mazo-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suspenden plazos procesales y administrativos en estos órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 000031-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Diferencia entre «debido proceso» y «tutela judicial efectiva» [STC 9727-2005-PHC] Tribunal Constitucional](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Tribunal-constitucional-1-LPDerecho-1-218x150.png)


![Aprueban liberación de predios en bloque para la ejecución de obras de infraestructura [DL 1726] Predio](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Predio-casa-terreno-campo-LP-Derecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Apátrida [DL 1725]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-324x160.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional (caso Dina Boluarte) [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-100x70.jpg)
![Cesan por límite de edad a jueza suprema Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana [RA 000016-2026-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![El pago reiterado de cheques sin verificar los datos de identidad en la Reniec ni la autenticidad de las firmas evidencia graves irregularidades administrativas que descartan una simple negligencia y permiten inferir que actuó con complicidad en el delito de peculado doloso [Apelación 294-2024, Cajamarca, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-100x70.jpg)
![Si los bienes sobre el que recaen el embargo y la orden de inhibición son sociales, una vez que producido el fenecimiento de la sociedad de gananciales y producida su respectiva liquidación, se forman las cuotas ideales de cada cónyuge [Apelación 353-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-mazo-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-100x70.jpg)
![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)

