La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó la creación de una nueva plataforma digital gratuita denominada «Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes», que permitirá a los ciudadanos realizar el seguimiento en tiempo real de sus procedimientos administrativos registrales en todo el país.
Según la Resolución 00155-2025-SUNARP/SN, publicada en El Peruano, el sistema ofrecerá acceso a la trazabilidad completa de los trámites, incluyendo documentos como informes, oficios y resoluciones, además de brindar la posibilidad de solicitar audiencias virtuales o presenciales con las áreas responsables.
La iniciativa busca fortalecer la transparencia, accesibilidad y eficiencia en la gestión registral, reduciendo la necesidad de consultas presenciales o telefónicas. La plataforma estará disponible las 24 horas del día desde la sede digital de la Sunarp y entrará en vigencia el 17 de octubre de 2025, con un periodo de adaptación hasta el 5 de noviembre de 2025.
Aprueban plataforma digital gratuita denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 00155-2025-SUNARP/SN
Lima, 14 de octubre de 2025
VISTOS:
El Informe Técnico N° 00088-2025-SUNARP/DTR, del 9 de octubre de 2025, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 01443-2025-SUNARP/OTI, del 10 de octubre de 2025, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° 01053-2025-SUNARP/OAJ, del 10 de octubre de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, como organismo autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; precisando, incluso, como una de las obligaciones de los servidores del Estado el de privilegiar, en el cumplimiento de sus funciones, la satisfacción de las necesidades del ciudadano;
Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la Sunarp viene desarrollando un proceso de modernización integral con la finalidad de brindar servicios digitales seguros y sencillos que generen valor para el ciudadano;
Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;
Que, mediante la Resolución N° 00142-2025-SUNARP/SN publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 30 de septiembre de 2025, se aprobó la modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN que, entre otros, incorpora una Segunda Disposición Final Complementaria destinada a la implementación de una plataforma tecnológica de seguimiento de procedimientos administrativos registrales;
Que, la implementación de esta plataforma atiende una necesidad institucional fundamental de contar con mecanismos tecnológicos integrados que permitan a los administrados conocer en tiempo real el estado de tramitación de sus procedimientos administrativos registrales, tales como los procedimientos de cierre de partidas por duplicidad, reproducción o reconstrucción de partidas y títulos archivados, a efectos que no tengan que recurrir a las consultas presenciales o telefónicas para obtener información de sus trámites;
Que, en ese contexto, atendiendo a la necesidad de conocer y acceder a la información de los procedimientos administrativos registrales, la Oficina de Tecnologías de la Información con la participación de la Dirección Técnica Registral ha desarrollado una plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, con la finalidad de garantizar la accesibilidad y transparencia en los trámites, fortaleciendo así el principio de acceso permanente al procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.19 del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2029-JUS;
Que, este nuevo servicio disponible en la sede digital de la Sunarp las veinticuatro (24) horas de todos los días de la semana, permite a los administrados conocer la trazabilidad en tiempo real del estado de tramitación de sus procedimientos administrativos registrales presentados a nivel nacional, involucrando su tramitación ante la Unidad Registral y Dirección Técnica Registral, como primera y segunda instancia, respectivamente;
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Que, entre las características de esta plataforma destaca su accesibilidad para la visualización y descarga de los documentos que se generen dentro del procedimiento administrativo registral, tales como los memorándums, oficios, informes técnicos, resolución, entre otros, en el marco de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2029-JUS, además de ello, esta plataforma cuenta con un acceso para solicitar audiencia virtual o presencial con el área a cargo del procedimiento, a efectos de facilitar al administrado su exposición y argumentos conforme al principio del debido procedimiento administrativo;
Que, mediante el Informe Técnico N° 00088-2025- SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral sustenta la necesidad de aprobar la plataforma digital “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” con alcance nacional; la misma que cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Tecnologías de la Información brindada mediante el Memorándum N° 01443-2025-SUNARP/OTI;
Que, la Oficina de Asesoría mediante el Informe N° 01053-2025-SUNARP/OAJ, concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba la plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, asimismo, señala que el acto resolutivo corresponde sea emitido por la Superintendencia Nacional de conformidad con lo dispuesto en el literal i) e y) del artículo 11 Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp;
De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 125-2024-SUNARP-SN; con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la Oficina de Tecnologías de la Información, y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”
Aprobar la plataforma digital gratuita denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, a través de la cual el administrado puede realizar el seguimiento de los procedimientos administrativos registrales de competencia de la Unidad Registral o la Dirección Técnica Registral, referidos a los procedimientos de cierre de partidas por duplicidad, reproducción o reconstrucción de partidas registrales y de títulos archivados.
Artículo 2.- Alcances y características
Los alcances y características de la plataforma digital “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” son:
a) Conocer la trazabilidad en tiempo real del estado de tramitación de los procedimientos administrativos registrales, como fecha de ingreso a las áreas competentes, etapas y responsable institucional, tanto en primera como segunda instancia, de corresponder.
b) Acceso a la visualización y descarga de los documentos que se generen dentro del procedimiento administrativo registral, tales como los memorándums, oficios, informes técnicos, resolución, entre otros.
c) Acceso para solicitar una audiencia virtual o presencial con el área a cargo del procedimiento, a efectos de facilitar al administrado su exposición y argumentos conforme al principio del debido procedimiento administrativo.
Artículo 3.- Entrada en vigencia
La presente resolución entra en vigencia el 17 de octubre del 2025.
Artículo 4.- Periodo de adaptación y mejora
Disponer un periodo inicial de adaptación y mejora del “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, que culmina el 5 de noviembre de 2025, a efectos de supervisar su adecuado funcionamiento, el cual estará a cargo de la Dirección Técnica Registral y de la Oficina de Tecnologías de la Información.
Artículo 5.- Publicación
La presente resolución será publicada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional