Fundamento destacado: Séptimo: En el presente caso, el encausado es un sujeto primario, conforme se observa en el certificado de antecedentes penales, de fecha 26 de octubre de 2016, obrante a folios 1020. En tal sentido, por imperio del principio de legalidad, aun cuando el citado procesado haya sido sentenciado en otro país; no puede imputársele dicha circunstancia agravante cualificada; dado que no ha sido regulada por el artículo 46°-B del Código Penal, como circunstancia de agravación de la pena. Por lo demás, como correctamente ha sido destacado por la Sala Superior, dicha circunstancia agravante no ha sido invocada por el titular de la acción penal, en el requerimiento acusatorio. En consecuencia, la intensidad, razonabilidad y proporcionalidad de la pena impuesta al procesado Anderson Revolledo, es acorde con los márgenes legales del tipo penal imputado; por consiguiente, los argumentos impugnativos formulados por el Fiscal recurrente no son de recibo.
Sumilla: Los antecedentes penales que el procesado registra en otro país, al no estar previsto en el artículo 46°-B del Código Penal, como una circunstancia agravante cualificada, no pueden ser considerados en la determinación judicial de la pena concreta.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SEGUNDA SALA PENAL TRANSITORIA
RECURSO DE NULIDAD N° 2071-2017, LIMA
Lima, dieciocho de enero de dos mil dieciocho.-
VISTOS; el recurso de nulidad interpuesto por el señor Fiscal Adjunto Superior, contra la sentencia de fecha catorce de febrero de dos mil diecisiete, obrante a folios mil ciento setenta y uno, emitida por la Tercera Sala Especializada en lo Penal para procesos con reos en cárcel, de la Corte Superior de Justicia de Lima; en el extremo que condenó a los procesados Hans Christian Anderson Revolledo, Tomás Manuel Pando Celis e Isabel Rosa Mendoza Poma Espósito; como coautores del delito contra el orden monetario y financiero – Tráfico de moneda y billetes falsos, en agravio del Estado y de los Estados Unidos de Norteamérica; a cinco años de pena privativa de libertad; el pago de doscientos días multa; y la suma de sesenta mil soles por concepto de reparación civil que deberán abonar los condenados, de forma solidaria, a razón de treinta mil soles a favor de cada Estado agraviado.
Con lo expuesto por el señor Fiscal Supremo en lo Penal.
Interviene como ponente el señor Juez Supremo HINOSTROZA PARIACHI.
[Continúa…]
![[NUEVO] Protocolo de Actuación Interinstitucional de las Unidades de Flagrancia Delictiva [Decreto Supremo 026-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/detencion-preliminar-casos-de-no-flagrancia-lp-derecho-218x150.jpg)



![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Confirman sentencia que ordena a César Acuña pagar 30 000 soles cada mes por pensión alimenticia a favor de su menor hijo [Exp. 02974-2023] Cesar Acuña](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Cesar-Acuna-LP-Derecho-218x150.png)
![Fundado hábeas corpus porque el investigado siguió preso tras el vencimiento de la prisión preventiva sin que hubiera mandato vigente, pues la resolución de prolongación se dictó luego de seis días del vencimiento (aplican criterio del caso Betssy Chávez) [Expediente 15712-2025-0-1801-JR-DC-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)

![Cesan por límite de edad a juez supremo César San Martín Castro [RA 000136-2025-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO2-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[NUEVO] Protocolo de Actuación Interinstitucional de las Unidades de Flagrancia Delictiva [Decreto Supremo 026-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/detencion-preliminar-casos-de-no-flagrancia-lp-derecho-324x160.jpg)
![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-100x70.jpg)



![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[NUEVO] Protocolo de Actuación Interinstitucional de las Unidades de Flagrancia Delictiva [Decreto Supremo 026-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/detencion-preliminar-casos-de-no-flagrancia-lp-derecho-100x70.jpg)