Durante la audiencia de este viernes 12 del juicio oral, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema anunció la posibilidad de juzgar al expresidente Petro Castillo y demás imputados por «conspiración para el delito de rebelión».
La Sala precisó que, sin modificar el marco fáctico postulado en la acusación, «considera necesario observar la posibilidad de una calificación jurídica adicional, la cual es el delito de conspiración para el delito de rebelión».
Asimismo, precisó que esta calificación no sustituye a la imputación de rebelión, planteada por el Ministerio Público. «De tal manera que abre un abanico de posibilidades al tribunal, para que tenga un amplio marco de debate jurídico y, dentro de este, determine si es que opta en su decisión por uno u otro tipo penal o también por ninguno», precisó.
La resolución, votada en mayoría por los jueces José Neyra Flores y Norma Carbajal Chávez, también corrió traslado hacía las partes para que emitan un pronunciamiento sobre la tesis planteada.
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En su voto en minoría, el juez Iván Guerrero López señaló encontrarse conforme con la resolución en relación a «los fácticos que se le atribuyen a los acusados» y a las facultades de la Sala para anunciar la posibilidad de desvinculación de la acusación fiscal. No obstante, manifestó estar en desacuerdo en el «anuncio de dicha posibilidad».
En su análisis, consideró que «los argumentos fácticos y la calificación jurídica materia de este proceso son suficientes para un pronunciamiento de fondo estimatorio o desestimatorio del requerimiento de acusación». Además, indicó que, aunque la Fiscalía o algunas de las partes, hayan incluido esta figura durante sus intervenciones, «no es suficiente para su aplicación».