A propósito de la demanda interpuesta por la constructora Odebrecht contra el Estado peruano, conozcamos qué es CIADI, su estructura, características de su proceso y actuaciones a las que deben ceñir sus comportamientos los sujetos que acuden a esta vía.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, por sus siglas CIADI, es una institución internacional adscrita al Banco Mundial, con sede en Washington, líder en resolución de conflictos relacionados a las inversiones. A la fecha ha conocido 600 casos internacionales.
El organismo representa a una vía diferente a la ordinaria (Poder Judicial) y nace a raíz del tratado internacional – Convenio del CIADI ratificado por 154 estados contratantes (entre ellos Perú). Como bien es sabido, estos mecanismos son usados muy recurrentemente por privados y Estados envueltos en controversias comerciales y de inversiones.
El acuerdo del CIADI (Convention du CIRDI en francés e ICSID Convention en inglés), da vida a su estructura. Está compuesta por el Consejo Administrativo y el Secretariado, las Listas de Conciliadores y Árbitros del CIADI, así como el estatus, las inmunidades y los privilegios del Centro.
De la misma manera, establece su jurisdicción, aborda la sustitución y recusación de conciliadores y árbitros, analiza las costas del procedimiento, prevé las diferencias entre estados contratantes, prevé un procedimiento de enmienda e incluye disposiciones finales, tales como los procesos destinados a la firma, ratificación y denuncia del Convenio.
Esta entidad es impulsada por los directivos ejecutivos del Banco Mundial con el fin de salvaguardar la promoción de las inversiones a nivel mundial.
Quienes acudan a esta vía tienen dos alternativas que pueden activar, la conciliación o arbitraje. Este segundo es el que decidió hacer uso el consorcio brasileño, luego que desestimara el trato directo.
En ese escenario, respectivamente, cada caso será designado a una Comisión de Conciliación o Tribunal de Arbitraje, con un método de nombramiento y número de conciliadores o árbitros elegidos por ellos mismos, de no ponerse de acuerdo lo hará el CIADI, después de ponderar las pruebas y los argumentos jurídicos presentados por las partes. Asimismo, a cada uno se le asigna un equipo profesional que brinda asistencia especializada a lo largo del proceso.
Una vez admitida a trámite una demanda interpuesta en esta instancia arbitral, el demandado (en este caso el Estado peruano) podrá ejercer su derecho de defensa, como bien ya lo ha señalado a través del Ministerio de Economía y Finanzas.
El comportamiento procesal que deben respetar las partes en un litigio arbitral son las contenidas en el Convenio CIADI, reglamentos y reglas y, las referidas al arbitraje. La estructura del proceso cuenta con la opción de una audiencia previa a pedido de partes para agilizar el mismo.
A su vez, se puede desarrollar un procedimiento ordinario y otros procedimientos especiales. El procedimiento ordinario cuenta con dos etapas, una de actuaciones escritas y otra de orales. Se inicia con la transmisión de la solicitud a cada parte, actuaciones escritas, actuaciones orales, ordenamiento de la prueba, declaración de testigos y peritos, visitas e investigaciones; presentaciones de partes no contendientes y cierre del procedimiento con el laudo arbitral.
Cabe añadir que el CIADI promueve un mayor conocimiento del derecho internacional en materia de inversión extranjera. Cuenta con un extenso programa de publicaciones, incluida la reconocida revista ICSID Review-Foreign Investment Law Journal, y también publica información acerca de sus actividades y casos en forma periódica. El personal del CIADI organiza eventos, ofrece numerosas presentaciones y participa en conferencias en materia de arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales en todo el mundo.



![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)













![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)







