Proponen que empresas privadas puedan importar y comercializar vacunas contra covid-19

Congresistas de Podemos Perú presentaron un proyecto de ley para permitir a las empresas privadas importar y comercializar vacunas contra la covid-19. Esto con la condición de que donen la mitad de vacunas al Ministerio de Salud para ayudar con la inmunización nacional.

El proyecto de ley 06992/2020-CR, propuesta de Aron Espinoza Velarde y José Luis Luna Morales busca hacer partícipes «de forma solidaria» a estas entidades privadas en la adquisición de estos insumos contra el coronavirus.

En la exposición de motivos, los parlamentarios explican que esta propuesta se basa en la preocupación de que no se puede cumplir con el cronograma de vacunación establecido por el gobierno.

Explican que si bien hay una fecha establecida para la llegada de las vacunas, persisten los problemas logísticos. Problemas que, según los congresistas, podrían solucionarse con la participación de las empresas.

Finalmente, en el análisis costo-beneficio, se enfatiza que esta medida reducirá costos para el sector salud y ayudará a que se agilice la economía nacional.


Proyecto de Ley 06992/2020-CR

LEY DE INMUNIZACIÓN SOLIDARIA PARA COMBATIR EL COVID-19

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente norma tiene por objeto hacer partícipes de forma solidaria a entidades
privadas y que contribuyan con el objetivo nacional de inmunizar a la población con las
vacunas del coronavirus SARS-CoV-2, que cuenten con registro sanitario condicional.

Artículo 2. Incorporación del artículo 6 a la Ley 31091, Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus SARS-CoV-2 y de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la organización mundial de la salud

Incorporase el artículo 6 a la Ley 31091, Ley que garantiza el acceso al tratamiento
preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus SARS-CoV-2 y de otras
enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias
declaradas por la organización mundial de la salud, en los términos siguientes:

Artículo 6. Proceso de Inmunización Solidaria

La importación y comercialización de las vacunas del coronavirus SARS-CoV-2, con registro sanitario condicional, serán autorizadas en el ámbito privado, siempre y cuando de cada 2 (dos) dosis que se importen, pongan 1 (una) dosis de manera gratuita a disposición del Ministerio de Salud, con el objetivo de coadyuvar solidariamente a la inmunización a nivel nacional.

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